La Junta Electoral Central sostiene que el 1-0 no hubo referéndum y sus resultados carecen de validez

Referéndum Cataluña Ada Colau
Ada Colau votando en el referéndum ilegal del 1-O. (Foto: EFE)

La Junta Electoral Central, órgano que encabeza la Administración electoral, competente para declarar y publicar los resultar de todos los referendos celebrados en España, y competente también de todos los procesos celebrados en Cataluña determina este miércoles que el 1 de octubre no hubo referéndum y sus resultados carecen de validez.

Junta Electoral Central
Resolución de la Junta Electoral Central.

Este órgano adoptó hoy un acuerdo en el que ratifica que «carecen de todo valor los que se vienen presentado como resultados del llamado referéndum de autodeterminación» celebrado en el Cataluña el domingo pasado.

El acuerdo, firmado por el presidente de la JEC, Carlos Granados, deja claro que el 1 de octubre «no ha tenido lugar en Cataluña ningún proceso que pueda ser considerado como referéndum en ninguna de las modalidades previstas por el ordenamiento jurídico».

Y explica que ello se debe a que el «sujeto que lo convocó» es «incompetente», a que su «forma» vulneró resoluciones firmes del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y a que su objeto fue «inconstitucional».

Además, la Junta Electoral Central añade como argumento «la notoria ausencia de toda garantía de objetividad y transparencia en su desarrollo, escrutinio y control». Por todo ello, concluye que «carecen de valor» los resultados que se han presentado sobre la consulta del 1-0, en la que según la Generalitat se depositaron 2.262.424 papeletas, en las que el ‘sí’ a la independencia de Cataluña alcanzó el 90 % de los votos frente a un 7,8 % de votos en contra.

La JEC recuerda en su escrito que es el órgano central que encabeza la Administración electoral, competente «para declarar y publicar los resultados de todos los referendos celebrados en España» y que también lo es para las elecciones al Parlament de Cataluña, de acuerdo con lo establecido en el Estatut.

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