Tribunal Supremo

La Fiscalía apoya repetir el juicio contra Otegi en el que fue condenado por pertenecer a ETA

Arnaldo Otegi-ETA
Arnaldo Otegui, en una imagen de archivo (EFE)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha enviado un escrito a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el que apoya que se repita el juicio contra el dirigente de Bildu, Arnaldo Otegi, y otras cinco personas, que fueron condenados por pertenencia a ETA y solicita que se repita el juicio. El Ministerio Público toma esta decisión apoyándose en la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que, en febrero de 2019, estimó el recurso presentado por los condenados por falta de imparcialidad del tribunal que les condenó en la Audiencia Nacional. El Supremo también apoya repetir el juicio.

La fiscal apoya así la solicitud de la Asociación de Víctimas Voces Contra el Terrorismo y Vox, ambas acusaciones populares, que exigían la repetición del juicio, no como el caso de Otegi y del resto de condenados, que solicitan que se anule la sentencia, se dejen sin efecto las condenas, se suspenda la ejecutoria de la misma, pero que no se repita el juicio, pues explican que ha de ser el agraviado quien lo solicite.

Fiscalía

La Fiscalía explica que, dicha sentencia del TEDH afirmaba que existió “una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derecho Humanos por falta de imparcialidad del tribunal de la Audiencia Nacional ante el que se llevó a cabo el enjuiciamiento”. Se decidió “retrotraer las actuaciones al trámite anterior al señalamiento para que se proceda a realizar los trámites necesarios para celebrar un nuevo juicio”.

El fiscal recuerda en su escrito que una sentencia del Tribunal Constitucional, del año 2013, también acordaba la retrotracción de las actuaciones en un juicio, y por tanto la repetición del mismo, en otro caso en el que se había acreditado la falta imparcialidad objetiva. Es más, el propio Supremo estimó la falta de imparcialidad de la presidenta de la Sala y se decantó por “repetir el juicio con otra composición de Sala”.

Caso Bateraguna

Arnaldo Otegi, líder de la formación EH Bildu, fue condenado en el año 2012 por el caso Bateragune. La sentencia de Audiencia Nacional le condenó, en primera instancia a diez años, pero el Tribunal Supremo le redujo la pena y, finalmente, le condenó a seis año y medio de inhabilitación para cualquier cargo público por intentar reconstruir a la ilegalizada Batasuna.

La Sala Segunda del Supremo admitió los recursos que pidieron Arnaldo Otegi, Rafael Díez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez Torres, Sonia Jacinto Garcia y Miren Zabaleta Tellería. En 2018, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España por la parcialidad de una jueza en el mismo caso.

Falta de imparcialidad de una juez

En su sentencia de noviembre de 2018, el TEDH consideró que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Ángela Murillo, quien anteriormente, en marzo de 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo en el que estaba acusado también Arnaldo Otegi.

En aquella declaración, Murillo preguntó a Arnaldo Otegi si condenaba a la banda terrorista ETA y, ante la negativa del dirigente proetarra a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó a la magistrada del caso, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella «prejuicio». La vista oral fue repetida y el ahora líder de Bildu resultó absuelto en ese procedimiento.

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