Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Europa reprende a Sánchez por negar el paro a las empleadas del hogar: «Es discriminatorio»

Ejecución hipotecaria.
Ejecución hipotecaria.

Tirón de orejas de la Justicia Europea al Gobierno de Pedro Sánchez por no permitir que las empleadas del hogar puedan cobrar el paro. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que la normativa española es «discriminatoria» y que, además, provoca desprotección, lo que se traduce «en una situación de desamparo social» para este colectivo.

El fallo, emitido este jueves, recoge que la norma que impide a las empleadas del hogar, un sector mayoritariamente formado por mujeres, el acceso a la prestación por desempleo es «contraria al Derecho comunitario porque constituye «una discriminación indirecta por razón de sexo». En concreto, indica que esta disposición nacional que excluye el paro de las prestaciones de la Seguridad Social concedidas a este colectivo se opone a la directiva europea en materia de igualdad, «en la medida en que dicha disposición sitúe a las trabajadores en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no esté justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo».

De este modo, los magistrados europeos tumban los argumentos esgrimidos por España y por la Tesorería de la Seguridad Social, que defienden que el trato diferenciado se debe a «a las peculiaridades de este sector profesional», así como para luchar contra el trabajo ilegal y el fraude. A este respecto, aunque el Tribunal de Justicia confirma que los objetivos alegados por España son legítimos, considera que «la normativa española no parece adecuada para alcanzarlos, puesto que no parece aplicarse de manera coherente y sistemática».

Asimismo, Luxemburgo pone de relieve que el colectivo de trabajadores excluido de la protección contra el desempleo no se distingue de otros colectivos de trabajadores que sí tienes acceso a esta prestación, y subraya que estos últimos, cuya relación laboral se desarrolla a domicilio también para empleadores no profesionales, o cuyo sector laboral presenta las mismas peculiaridades en cuanto a índice de empleo, a cualificación y a remuneración que el de las empleadas de hogar, «plantean riesgos análogos en términos de reducción de las tasas de empleo, de fraude a la Seguridad Social y de recurso al trabajo ilegal, pero están todos ellos cubiertos por la protección contra el desempleo».

Por ello, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la normativa española se excede en sus objetivos y con esta exclusión lo que provoca es una situación de desamparo social. «La exclusión de la protección contra el desempleo implica la imposibilidad de obtener otras prestaciones sociales a las que podrían tener derecho las empleadas del hogar y cuya concesión está supeditada a la extinción de las prestaciones por desempleo. Por lo tanto, está exclusión entraña una mayor desprotección, que se traduce en una situación de desamparo social», sentencian los magistrados europeos.

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