El abogado de Puigdemont

El Colegio de Abogados de Madrid obliga a estudiar con Gonzalo Boye para acceder al turno de oficio

El Centro de Estudios de la institución que preside José María Alonso acoge una serie de jornadas sobre derecho penitenciario en las que figura como docente el abogado de Carles Puigdemont.

El Colegio de Abogados niega amparo al abogado de Puigdemont frente al Supremo

Gonzalo Boye
Gonzalo Boye y Carles Puigdemont

El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) obliga a estudiar con el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, una parte de la materia de los cursos obligatorios para acceder al turno de oficio. Las jornadas sobre derecho penitenciario que acoge el Centro de Estudios de la institución presidida por José María Alonso, incluyen en su claustro al condenado por colaborar con la organización terrorista ETA en el secuestro del industrial Emiliano Revilla.

El curso dirigido por Carlos García Castaño, abogado y coordinador del Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria del ICAM, otorga los puntos necesarios para que los colegiados madrileños puedan acceder al Turno de Oficio Especial de Derecho Penitenciario.

Para obtener el diploma acreditativo será imprescindible que los abogados que se matriculen asistan «al 100 % de las ponencias», guardias y/o vistas a detenidos; y, aprueben el examen correspondiente, de manera que las clases impartidas por Gonzalo Boye son obligatorias para superar con éxito el curso.

El abogado del ex presidente de la Generalitat de Cataluña impartirá parte del temario orientado a la distinción entre los dos aspectos de la ejecución de las sentencias penales en España: ejecución penitenciaria, que se resuelve ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria; y, ejecución penal, la que decide el órgano judicial sentenciador.

Además de profundizar en los «trámites, incidentes y recursos, que resultan más decisivos para la defensa de los intereses de las personas privadas de libertad».

Desamparo

El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) rechazaba el pasado mes de julio, por unanimidad, conceder protección a Gonzalo Boye frente al Supremo.

El Alto Tribunal instó en junio de 2019 a la institución colegial la apertura de un expediente disciplinario al abogado de Puigdemont en Europa, por su temeridad al querellarse, sin éxito, contra varios de los magistrados de la Junta Electoral Central (JEC), durante el juicio del ‘procés’.

La Junta de Gobierno del ICAM consideró que la petición del Supremo -formalizada en tres autos- en ningún caso impedía, perturbaba o perjudicaba en modo alguno la independencia y libertad profesionales del letrado, tal como sostenía Boye en su solicitud de amparo colegial.

Muy al contrario, el órgano colegial estimó que no quedaba acreditado ningún hecho objetivo que justificase su intervención para preservar la actividad profesional de Boye. Según el criterio del ICAM, en ningún caso de las decisiones adoptadas por el Supremo, y cuestionadas entonces por el letrado, menoscababan su labor jurídica.

Reincidente

El abogado ya había efectuado un primer intento de recabar el amparo del ICAM, en septiembre de 2018, tras denunciar los ataques recibidos a través de las redes sociales, por ser el abogado de Carles Puigdemont.

En aquella ocasión, el ICAM tampoco admitió intervenir en favor de Boye al entender que se trataba de hechos en un ámbito «ajeno al ejercicio profesional» y que, en su caso, correspondía al abogado exigir responsabilidades civiles -o penales- a los autores de los mensajes.

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