Caso 'La Manada'

La Justicia de Navarra confirma la condena de 9 años a ‘La Manada’ por abuso sexual

Dos de los magistrados sostienen en un voto particular que se trató de agresión sexual y pedían 14 años de cárcel

El abogado de 'La Manada' confirma que recurrirán la decisión al Tribunal Supremo

Justicia de Navarra deliberará este miércoles sobre los recursos presentados por ‘La Manada’

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Confirman la condena de 9 años de prisión por abuso sexual a La Manada.

El fallo de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que ha sido notificado hoy a las partes, confirma la condena de 9 años de prisión para los cinco acusados. La decisión, que coincide con la adoptada por la Sección 2ª de Audiencia Provincial, en primera instancia, será recurrida por ‘La Manada’ ante el Tribunal Supremo.

El pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), integrado por 5 magistrados- Joaquín Galve (presidente), Alfonso Otero Pedrouzo, Francisco Javier Fernández Urzainqui, José Antonio Álvarez Caperochipi y Miguel Ángel Abarzuza- ha considerado que los hechos ocurridos en Pamplona, durante los Sanfermines 2016, son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. 

El tribunal desestima en su totalidad el recurso interpuesto por los 5 condenados pero lo revisará parcialmente, para una de las cuestiones planteadas por la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Pamplona y el Ministerio Fiscal, en el delito contra la intimidad relacionado con las imágenes que los miembros de ‘La Manada’ grabaron con sus móviles durante lo ocurrido.

La sentencia confirma que las relaciones sexuales se produjeron sin el consentimiento de la joven pero para la mayoría del Tribunal no hubo intimidación

La Sala concluía unas discretísimas deliberaciones y celebraba las votaciones -individuales y secretas- el pasado noviembre y resuelve, con esta decisión, coincidente con la tomada por la Audiencia, los recursos presentados por todas las partes contra la sentencia de los tres jueces de la Audiencia Provincial (José Francisco Cobo, Raquel Fernandino y Ricardo González, este último autor del polémico voto particular).

Dos de los magistrados, Joaquín Galve, presidente del tribunal, y Miguel Ángel Abalzuza, emiten en esta ocasión su propio voto particular al «apreciar la existencia de intimidación» por lo que entienden que se trata de un delito continuado de agresión sexual para el que piden el incremento de la pena de prisión (14 años, 3 meses y 1 día).

Los magistrados han empleado un mes en redactar la sentencia  y lo han hecho sin celebrar vista oral previa, en contra de lo solicitado tanto por el abogado de la capital navarra, como por la defensa de cuatro de los cinco condenados por la violación grupal denunciada el 16 de julio de 2016.

Recurrirán al Supremo

El abogado defensor de cuatro de los cinco miembros de ‘La Manada’, Agustín Martínez, ha avanzado a OKDIARIO que recurrirán la decisión ante el Tribunal Supremo.

Los sevillanos insisten en su inocencia y, por ello, le han encargado que presente, lo antes posible, un recurso de casación. Pese a que tendrá que «revisar con detalle los términos de la resolución judicial», Martínez confirma a OKDIARIO que utilizarán, en líneas generales, los mismos argumentos empleados hasta la fecha, tanto en la contestación a la demanda como al recurso.

Prensa, políticos y opinión pública

«No se puede presuponer, como hacen las defensas, que la información periodística haya sido sesgada o manipuladora de la opinión pública, sino parte esencial de un debate social, que manifiesta los anhelos de justicia de la población (…) Y en cuanto al alegado tratamiento adverso por los medios, es patente que los procesados han podido también intervenir en el debate social y hacer declaraciones exculpatorias» entienden los magistrados sobre el impacto mediático del caso.

En lo referente a las declaraciones del ex ministro de Justicia, Rafael Catalá, sobre los «problemas peculiares» del juez que firmó el voto particular exculpatorio, en la Audiencia provincial de Navarra, la Sala del TSJN considera que «no es verosímil que hayan afectado a la independencia del tribunal de instancia».

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