¿Puedo anular una declaración de la Renta ya presentada?: paso a paso para rectificar o cambiar en la AEAT
La Agencia Tributaria permite a los contribuyentes cambiar o anular la declaración de la renta una vez presentada
Hacienda permite a los contribuyentes cambiar, anular o rectificar la declaración de la renta una vez presentada. Desde la Agencia Tributaria, a través de sus canales oficiales, explican paso a paso todo lo que debes hacer para cambiar el ejercicio del IRPF una vez presentado. Esta acción te podría hacer ahorrar dinero en impuestos en la campaña de la renta. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre cómo cambiar la declaración de la renta.
El miércoles 8 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta en la que millones de españoles estarán obligados a declarar sus ingresos correspondientes al año 2025. Hasta el 30 de junio tendrán para confirmar el borrador los contribuyentes que superen los 22.000 euros de ingresos o los que hayan ingresado 15.876 euros y tengan varios pagadores, siendo el segundo superior a 1.500 euros. También tendrán que rendir cuentas con Hacienda los trabajadores autónomos y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
Hacienda permitirá a los contribuyentes cambiar, rectificar e incluso anular una declaración de la renta que ya ha sido presentada. Incluso la Agencia Tributaria, a través de sus canales oficiales, explica paso a paso cómo proceder en caso de que estés en una de estas situaciones. A partir del próximo 5 de mayo, estos cambios se podrán hacer por teléfono y en el mes de junio se podrán efectuar los cambios en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
Cómo cambiar la declaración de la renta
«Cómo modificar una declaración ya presentada. Este es el titular de la página que la Agencia Tributaria dedica a explicar paso a paso cómo cambiar una declaración de la renta que ya ha sido presentada. En este apartado se explican las tres situaciones en las que se podrá cambiar la declaración de la renta, que son las siguientes: autoliquidación rectificativa, cambio de opción y anular declaración por no estar obligado.
Autoliquidación rectificativa
«Desde Renta WEB puedes modificar o completar una declaración de Renta 2025 presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma. El sistema de corrección se realizará mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa», indica la Agencia Tributaria en su página web.
Para llevar a cabo este proceso, el contribuyente en cuestión se tendrá que dirigir a «modificar declaración presentada» y después a «apartados declaración». «Una vez realizadas las modificaciones que necesites, accede a la última página de la declaración, ‘Documento de ingreso o devolución’ para comprobar el resultado de la declaración tras los cambios», indica. Una vez realizados los cambios, tendrás que confirmar la opción «Modificar declaración Renta 2025 ya presentada».
«En la ventana de ‘Autoliquidación rectificativa’, el número de justificante de la declaración a la que se rectifica aparecerá de forma automática. Se incorporan también de manera automática los importes ingresados y devueltos (si estuviera domiciliado el importe a ingresar, es 0), para evitar posibles errores de cálculo», informa la Agencia Tributaria.
Cambio de opción
La Agencia Tributaria también permite desde Renta Web cambiar la modalidad que se indicó al presentar la declaración, ya sea de individual a conjunta o viceversa. Para ello habrá que presentar una autoliquidación rectificativa a través de «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)» o «Modificación de una declaración ya presentada».
Dentro del apartado «Modificar declaración presentada», habrá que ir al «Resumen de declaraciones», pulsar en «Apartados declaración» y después dirigirse a «Modificar declaración Renta 2025 ya presentada». «Para cambiar de opción, de individual a conjunta o viceversa, marca la casilla 124», informa la Agencia Tributaria.
Anular declaración por no estar obligado
A través de Renta Web, cualquier contribuyente que no tiene la obligación de presentar la declaración puede solicitar que se tenga por no presentada. Para ello habrá que seguir los mismos pasos y, una vez llegado a «Modificar declaración Renta 2025 ya presentada», hay que marcar la casilla 103 para abrir una nueva ventana.
«En la ventana de ‘Autoliquidación rectificativa’, aparecerá una nueva casilla que puedes marcar para solicitar que la declaración se tenga por no presentada», indica la Agencia Tributaria. «En la siguiente ventana, marca la primera casilla para indicar que no estás obligado a presentar y solicitar que la declaración se tenga por no presentada», indica.
«Tendrás que marcar la segunda casilla únicamente en el caso de haber presentado la declaración sin tener la condición de contribuyente de IRPF (contribuyentes con residencia en territorio foral o no residentes)», avisa la Agencia Tributaria.
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