Autónomos

El plazo para solicitar el cese de actividad para autónomos y cobrar todo el mes termina este miércoles

José Luis Escrivá habla sobre la edad de jubilación
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Migraciones y Pensiones, en el Congreso.

El Gobierno de Pedro Sánchez puso en marcha tres modalidades de ayudas por cese de actividad para cubrir a diferentes tipos de autónomos hasta el próximo 31 de enero por el impacto de la crisis del coronavirus. No obstante, este miércoles termina el plazo para solicitar la prórroga de una de ellas y cobrar, de forma retroactiva, los quince primeros días del mes de octubre.

A diferencia de las dos prestaciones extraordinarias, para autónomos que hayan visto suspendida su actividad o que por sus cotizaciones hayan quedado fuera de las demás ayudas y para autónomos de «temporada», la prórroga de la Prestación Ordinaria Extraordinaria por cese de actividad (POECATA) cuenta con diferentes plazos de solicitud, según informa la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).

Los autónomos que prevean fuertes caídas de ingresos de ahora en adelante y que pretendan acceder por primera vez a la prórroga de este tipo de prestación, tienen sólo hasta el 14 de octubre, inclusive, para solicitar la ayuda y cobrar la prestación del mes de octubre de forma íntegra, es decir, desde el pasado día 1 del mismo mes.

La prórroga de la Prestación Ordinaria Extraordinaria por Cese de Actividad (POECATA) se regula en la  Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto 30/2020. En este artículo de la nueva norma se recogen, además de las cuantías y los requisitos de acceso, algunos detalles de gran trascendencia en los plazos de solicitud que han podido pasar desapercibidos para muchos autónomos.

Carácter retroactivo…o no

Entre otras cosas, se detalla que aquel trabajador por cuenta propia que prevea fuertes caídas de ingresos durante el cuarto trimestre de 2020 y no hubiera accedido antes a la prestación ordinaria extraordinaria, si la solicita antes del 15 de octubre (hasta el 14/10/2020) la cobrará desde el 1 de octubre de 2020.

Sin embargo, si la solicita el día 15/10/2020 o con posterioridad, la cobrará desde el día siguiente a la solicitud. Esto significa que todos aquellos autónomos que accedan hasta este miércoles a la prestación cobrarán, como mínimo, una prestación de 661 euros a final de mes. Por el contrario, si la solicitaran a partir de mañana pasarían a cobrar alrededor de 330 euros.

«Y habrá que ver lo que sucede con la cuota. No queda claro si los que accedan a partir de mañana 15 a la prórroga de la POECATA también recibirán, como mucho, la mitad de la devolución de su cuota de autónomos. Es probable que esto también ocurra», advirtió José Carlos Piñero, director del área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Negocios marcados por la estacionalidad

Lo mismo ocurre con la tercera prestación, el cese de actividad extraordinario para autónomos de temporada. Si el trabajador por cuenta propia está al frente de un negocio marcado por la estacionalidad, pero no accedió durante el verano a las ayudas podrá hacerlo hasta el 15 de octubre inclusive y cobrar el mes entero. Sino, percibirá sólo los días que correspondan a partir de su solicitud.

A partir del 1 de octubre, aquellos autónomos que se vean obligados a suspender su actividad económica a consecuencia de las medidas restrictivas que adopte la autoridad competente, tendrán derecho a una prestación extraordinaria.

Plazos «muy ajustados»

Independientemente de si los autónomos van a acceder a la prórroga de la POECATA y tienen hasta hoy, 14 de octubre para hacerlo y cobrar todo el mes o si van a acceder a cualquiera de las otras dos modalidades y tienen hasta mañana, 15 de octubre, para acogerse y percibir el mes entero, los expertos consideran que los plazos han sido «muy ajustados».

Máxime cuando «la mayoría de las mutuas, entidades a las que los autónomos deben solicitar las prestaciones por cese de actividad, no tuvieron disponibles los formularios de solicitud hasta el pasado día 10 de octubre. Esto significa que los autónomos apenas han contado con cuatro o cinco días reales para acceder a estas ayudas y cobrar los 31 días del mes de octubre», explicó el director del área jurídica de ATA, José Carlos Piñero.

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