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Hay un motivo por el que no puedes cobrar esta ayuda y la Seguridad Social no se calla

Ayuda Seguridad Social

Las ayudas públicas son imprescindibles para millones de familias en nuestro país, que encuentran en ellas los ingresos necesarios para poder cubrir sus gastos más básicos ante la falta de, por ejemplo, una nómina que pueda hacerlo al no encontrar trabajo, sobre todo cuando ninguno de los miembros de la unidad familiar logra tener uno. Te contamos el motivo por el que la Seguridad Social ha dejado de pagar una ayuda a miles de ciudadanos, y es el propio organismo el que no se calla en explicar el por qué.

Motivos para dejar de cobrar el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda que nació hace ya tres años con el objetivo de proteger a las familias con menos ingresos, una prestación no contributiva que corre a cargo de la Seguridad Social y que proporciona unos ingresos mínimos a las personas que no disponen de ellos, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para ello. Actualmente son casi dos millones de personas las que se benefician de esta ayuda, y curiosamente hay muchas personas que podrían cobrarla pero que no la han solicitado todavía.

Es importante destacar que el cobro del Ingreso Mínimo Vital no es indefinido, lo que hace que muchas personas dejen de recibirla y se pregunten por qué ha sucedido, y en este caso la Seguridad Social ha sido muy clara con los motivos que llevan a suspender el pago de esta prestación a cualquier ciudadano, detallando en su página web que “el cobro se mantiene siempre que subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos previstos en la Ley”.

Hay varios motivos que pueden hacer que una persona vaya a dejar de cobrar el Ingreso Mínimo Vital, ya sea de forma temporal o definitiva, como los que mostramos a continuación:

  • Llegar a la edad de jubilación es uno de los motivos más habituales, ya que a partir de ese momento se cobrará la pensión de jubilación, y el cobro de ambas al mismo tiempo es incompatible.
  • Pérdida de alguno de los requisitos imprescindibles.
  • Incumplimiento de algunas de las obligaciones establecidas a la hora de cobrar la ayuda, tanto por parte del titular como de algún miembro de su unidad de convivencia.
  • Reincidencia en el incumplimiento de alguna de las obligaciones.
  • Traslado al extranjero sin justificación o sin comunicarlo a la Seguridad Social.
  • No entregar la comunicación del mantenimiento o la modificación de los certificados expedidos por los servicios sociales en el plazo indicado.
  • No presentación de la declaración de la Renta durante dos ejercicios consecutivos.
  • Incumplimiento de los límites de renta y patrimonio establecidos cada año.
  • Encontrar un trabajo.
  • Renunciar a cobrarla.
  • Fallecimiento de la persona titular.

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