IMPUESTOS

Hacienda lo confirma: ni se te ocurra pagar estos impuestos si estás jubilado

Existen una serie de impuestos que no tendrás que abonar si estás jubilado

impuestos jubilados
Impuestos de los juvilados

La jubilación marca una transición significativa en la vida de las personas, llevándolas de la actividad laboral a depender, en gran medida, de su pensión mensual. Además de los cambios evidentes en el estilo de vida, este nuevo panorama también tiene repercusiones fiscales, con exenciones y descuentos específicos que afectan la declaración de la Renta. Es clave conocer estas exenciones a la hora de tener que justificar los gatos e ingresos ante Hacienda.

Desde abril del año 2023, los jubilados tienen la posibilidad de presentar el borrador de la declaración de la Renta, permitiéndoles ajustar cuentas en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Reducción de impuestos

Exención de IRPF para pensiones públicas: Las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, generalmente clasificadas como rendimientos del trabajo, están sujetas a retenciones de IRPF. No obstante, existen circunstancias específicas en las que los jubilados pueden quedar exentos de este impuesto. Para el ejercicio fiscal de 2022, los jubilados que perciben pensiones públicas no superiores a 12.900 euros anuales pueden estar exentos de pagar IRPF. Además, para aquellos que superen este límite, se aplican diversas deducciones y reducciones que pueden contribuir a mitigar la factura fiscal.

Venta de la vivienda: La Agencia Tributaria establece un tratamiento especial para la venta de la vivienda habitual por parte de jubilados. Aquellos mayores de 65 años están exentos de gravar las ganancias obtenidas, ya sea por transmisión a cambio de un capital o una renta. Es importante tener en cuenta que, en el caso de viviendas con dos propietarios y uno de ellos no ha cumplido los 65 años, la exención se aplica solo al 50% del importe.

Renta vitalicia: Los contribuyentes mayores de 65 años pueden obtener una exención de las ganancias patrimoniales derivadas de ventas, siempre y cuando el importe total se destine a constituir una renta vitalicia a su favor. La renta vitalicia debe constituirse en un plazo de seis meses desde la fecha de transmisión, con un límite máximo exento de 240.000 euros.

Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y Planes de pensiones: Además de las exenciones relacionadas con la venta de viviendas, los jubilados pueden beneficiarse de tasas reducidas de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en algunos municipios, llegando a alcanzar hasta el 75%. En la declaración de la renta de 2023, los planes de pensiones individuales permiten deducciones por aportaciones hasta 1.500 euros. Esto significa que los recién jubilados pueden obtener un beneficio potencial de hasta 10.000 euros por esta partida.

Donaciones, alquiler e impuesto sobre sucesiones y donaciones: Las consideraciones fiscales para los jubilados no se limitan solo a las pensiones y la venta de propiedades. En el caso del alquiler, se pueden aplicar bonificaciones fiscales según la comunidad autónoma en la que resida el contribuyente. Además, las cuotas pagadas a sindicatos son deducibles. Al evaluar las implicaciones tributarias de las herencias, algunos jubilados pueden estar exentos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en ciertos casos de herencia de familiares directos.

IVA y exenciones relacionadas: A nivel más general, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que grava el consumo de bienes y servicios y se aplica a todos los ciudadanos, puede no aplicarse a los jubilados en ciertos escenarios. Esta exención se materializa cuando adquieren bienes o servicios vinculados a la sanidad, la cultura, la educación o la vivienda.

En este sentido, es crucial que los jubilados estén debidamente informados sobre estas exenciones fiscales para que puedan tomar decisiones financieras informadas y optimizar su situación fiscal en esta etapa de la vida. La planificación fiscal, considerando estos aspectos específicos de la jubilación, puede marcar la diferencia en la gestión efectiva de los recursos financieros durante esta etapa crucial.

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