Los empleados de Popular integrados en Santander tendrán que volver a examinarse de Mifid II
Banco Santander no validará la cualificación Mifid II de los empleados provenientes de Banco Popular. De hecho, según ha podido saber OKDIARIO por fuentes de la entidad que preside Ana Botín, el banco ya ha comunicado a los trabajadores que la cualificación obtenida cuando estaban en la plantilla del Popular «no es válida» porque la obtuvieron a través de «cursos on-line».
La entidad cántabra afirma que, según las exigencias de la CNMV, los exámenes tenían que haberse realizado de manera presencial, motivo por el cual no pueden dar por válidos estos requisitos, toda vez que, si no, el regulador podría darles ‘un tirón de orejas’.
«Los trabajadores merecen una explicación por parte de Banco Santander ya que las pruebas se hicieron con el conocimiento y consentimiento del banco. ¿A que viene ahora este cambio radical? La CNMV nos dará la respuesta ante el silencio de la empresa», señalan desde CGT.
Fuentes sindicales han confirmado a OKDIARIO que ya se ha presentado una queja formal ante la CNMV, en la que los sindicatos han expuesto la problemática «ante la que nos encontramos para que nos dé una respuesta concisa». Del mismo modo, los sindicatos animan a todos los trabajadores a que, de forma masiva, realicen la misma reclamación a través de la Sección “Reclamaciones”, de la web de la CNMV.
«Esta acción colectiva hará que quienes sean responsables de esta problemática den la cara. Por nuestra parte tenemos muchas preguntas y ninguna respuesta salvo la callada por parte del Grupo Santander», explican en el sindicato CGT, desde donde explican, además, que «por más que buscamos, no encontramos el punto donde la CNMV obligue al examen presencial. Esa circunstancia sólo aparece reflejada cuando dicha formación la imparte el propio banco».
Mifid II
La directiva europea relativa a los mercados de instrumentos financieros conocida como Mifid II entró en vigor el pasado 3 de enero, si bien su trasposición a la legislación española no se ha completado aún.
Este marco normativo, introducido en mayo de 2014, tiene el objetivo de garantizar la transparencia en los mercados e incrementar la protección de los inversores en productos financieros, principalmente de los minoristas.
El Consejo de Ministros aprobó a través de un Real Decreto-Ley una parte de la trasposición de esta directiva al ordenamiento jurídico español, concretamente la relativa a centros de negociación (mercados regulados, sistemas multilaterales de contratación y sistemas organizados de contratación).
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