Dos agentes turísticos de Tanzania arrebatan la marca Zara a Inditex en logística y distribución

Zara
Tienda de Zara. (Foto: Getty)
María Villardón

David contra Goliat, una lucha en la que a veces los más pequeños son los que ganan. Este ha sido el caso de dos agentes turísticos de Tanzania que han provocado la caducidad de la marca “Zara”, Inditex no podrá usarla en el ámbito de logística y distribución. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado a favor de un matrimonio propietario de las empresas de «Zara Tours» y «Zara Tanzania Adventures». Los expertos creen que se aprovechan de una marca gigante como es la de Amancio Ortega, pero Inditex no tendrá más remedio que acatar las órdenes.

El Tribunal General ya rechazó las alegaciones de Inditex el año pasado y no consideró que los franquiciados de la empresa se integrasen jurídica o económicamente en dicha sociedad, sino que estaban integrados en la red de distribución del grupo. Cristina Gilabert, abogada de Pons IP explica a OKDIARIO que a la textil “se le ha caducado el uso de su marca en logística y transporte, no puede demostrar que esté haciendo uso de ella porque, aunque lleva sus productos a sus franquiciados, tiene un sistema de distribución integrado”. Aquí es cuando entran en juego Zainab Ansell y Roger Ansell, los dos agentes turísticos, que pidieron la caducidad de la marca “Zara” en 2011 por desuso. Un movimiento inteligente por parte del matrimonio: atacar a una marca enorme aprovechando que no hace oposición con su negocio.

La compañía cotizada alega que la distribución de su mercancía es suficiente para probar que sí usan Zara en transporte, y tienen razón, pero la experta apunta que esto no ha bastado, «tendría que haber estado desglosado en la factura”. Gilabert cree que en este caso “hay un aprovechamiento del renombre de una gran marca como es Zara”. Pero nos recuerda, que en estos casos “no solamente se debe llevar razón, sino también poder demostrarlo. Inditex en este caso no ha podido hacerlo”.

La textil de Pablo Isla tiene registrada la marca “Zara” desde 2001, pese a haberlo demandado en 1996 en la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI). Las cosas de Europa van despacio, como en palacio. Inditex registró el signo en diversos epígrafes/clases para cubrirse las espaldas, pero la oficina comunitaria impone una obligación de uso, “la empresa tiene 5 años de plazo para usarla desde la concesión de la marca. No podemos llenar el mercado de marcas que no vamos a usar”, alega Gilabert.

El TJUE lo que ha hecho con esta sentencia ha sido ratificar una anterior de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), un fallo que también daba la razón a los agentes de Tanzania. Digamos que Inditex ha perdido ante David dos veces, aunque aún queda la segunda parte de este “round”. Los dos pequeños empresarios han pedido el registro de la marca “Zara Tanzania Adventures”, pero “aún no se lo han dado, lo que sí ha pasado con «Zara Tours», así que tenemos en el frente un capítulo más”, concluye la experta de Pons. De momento, Inditex tendrá que asumir la pérdida de Zara en el campo de la distribución y la logística, «no son posibles más recursos».

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