Se coge la baja por ansiedad laboral, se va de excursión a Picos de Europa y lo declaran despido procedente
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No es la primera vez que una baja médica se convierte en el centro de una polémica laboral, pero el caso de esta trabajadora ha dado pie a una sentencia que deja poco margen a la interpretación. Lo que empezó como una incapacidad temporal por ansiedad acabó derivando en un despido disciplinario, tras descubrirse que, lejos de estar en casa recuperándose, la empleada de baja estaba haciendo senderismo en los Picos de Europa. Y aunque la historia pueda parecer digna de una comedia, el fallo del tribunal ha sido rotundo: el despido fue procedente.
La protagonista de esta historia llevaba desde 2007 trabajando como técnica de farmacia, hasta que en abril de 2023 fue despedida por ausencias injustificadas. Sin embargo, un error en el procedimiento obligó a anular la decisión, por lo que fue readmitida en noviembre de ese mismo año. Todo parecía encauzarse, hasta que un mes después volvió a pedir tres días libres para presentarse a unos exámenes de un curso de senderismo, permiso que le fue concedido sin mayor problema. Lo que vino después fue lo que lo cambió todo. En diciembre, poco después de esos días libres, la empleada solicitó la baja médica por ansiedad. Un diagnóstico clínico confirmó su estado: ánimo bajo, alteraciones del sueño, fatiga y desgana. Sin embargo, no tardó en descubrirse que durante ese periodo la trabajadora participó activamente en una formación teórico-práctica de montañismo en plena naturaleza, lo que no solo contradecía su diagnóstico, sino que también despertó las sospechas de la empresa.
Está de baja por ansiedad y se va a los Picos de Europa
Cuando una persona entra en un proceso de incapacidad temporal, especialmente por motivos de salud mental, se presupone que su día a día estará centrado en el reposo, el cuidado personal y, en su caso, terapias. Pero en este caso concreto, lo que la empresa detectó fue algo bastante distinto. Durante varios días, su trabajadora había estado en la localidad cántabra de Ojedo, realizando actividades físicas exigentes, como rutas de senderismo y formación práctica en montaña, todo ello en el marco de un curso presencial al que ya estaba apuntada desde antes de solicitar la baja.
La empresa, al sospechar que algo no encajaba, recurrió a un detective privado para esclarecer los hechos. La investigación no sólo confirmó su presencia en la zona, sino que aportó pruebas detalladas: fotografías, testimonios de personas que la vieron en plena actividad y hasta detalles logísticos sobre su estancia en una furgoneta durante el curso. Un panorama que chocaba frontalmente con el cuadro médico que había justificado su ausencia laboral.
La decisión del Tribunal
Con toda esta información sobre la mesa, la empresa procedió a despedir a la trabajadora de forma disciplinaria, alegando abuso de la buena fe contractual. Es decir, que había utilizado una incapacidad médica como cobertura para realizar actividades personales que, además de no ser terapéuticas, resultaban incompatibles con el diagnóstico de ansiedad. Y en este punto, el asunto terminó en el Juzgado de lo Social número 1 de Palencia, que dio la razón a la empresa.
La sentencia consideró que la conducta de la empleada suponía un incumplimiento grave y culpable del contrato, señalando expresamente que no se puede justificar una baja médica para dedicarse a actividades físicas de este tipo. También apuntó que la trabajadora no sólo incurrió en un acto de deslealtad, sino que ocultó voluntariamente su verdadera intención, al no informar de que iba a desplazarse durante varios días para cursar una formación no vinculada a su recuperación.
El papel del detective privado y lo que marca jurisprudencia
Uno de los puntos más llamativos del caso es la utilización de un detective privado para recabar pruebas. Aunque pueda parecer controvertido, los tribunales españoles avalan su uso en contextos laborales, siempre que se respeten los principios de legalidad, proporcionalidad y necesidad. En este caso, las evidencias obtenidas fueron claves para desmontar la versión de la trabajadora y sostener la validez del despido.
El fallo deja claro que una baja médica no es un tiempo libre que se pueda usar a discreción, y que cualquier actividad durante ese periodo debe estar alineada con el motivo de la incapacidad. La formación intensiva en senderismo, por más atractiva o saludable que pueda parecer, no era en absoluto compatible con un diagnóstico de ansiedad severa. Y, en este sentido, la justicia ha querido sentar un precedente nítido.
Este caso no sólo ha tenido consecuencias directas para la trabajadora, que ha perdido definitivamente su puesto de trabajo, sino que también ha reabierto el debate sobre el uso y abuso de las bajas médicas en España. El tribunal ha sido claro: no se puede alegar un problema de salud para esconder otras intenciones, sobre todo cuando esas intenciones implican un esfuerzo físico o un compromiso presencial prolongado, ajeno a cualquier tratamiento.
También es una llamada de atención para muchas empresas que, en situaciones similares, pueden verse desarmadas frente a trabajadores que abusan del sistema. La sentencia muestra que existen mecanismos legales para actuar y que, con pruebas contundentes, los tribunales respaldarán decisiones disciplinarias si se demuestra que ha habido un fraude o un engaño.