La carta del SEPE que pone en peligro el paro y los subsidios: revisa tu buzón de forma urgente
La carta que puede que recibas de parte del SEPE, en el caso de que se produzca una infracción
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Durante el tiempo que una persona cobra el paro o cualquier subsidio por desempleo, hay una serie de normas que no sólo se deben cumplir al comenzar a cobrar, sino que se mantienen activas mientras dure la ayuda. Y lo que muchos desconocen es que, de no respetarse esas reglas, el SEPE puede enviar una carta o notificación oficial que puede suponer una auténtica sorpresa y no precisamente buena. Una comunicación muy especial, que ya se conoce como la carta del miedo del SEPE, y que es importante conocer bien. El motivo por el que la podemos recibir y qué hacer en ese caso.
La carta en cuestión, se corresponde con un aviso formal de parte del Servicio Público de Empleo Estatal, que alerta de que se ha detectado algún incumplimiento en los requisitos para seguir recibiendo la prestación. Algunas veces el problema se resuelve fácilmente, pero en otros casos puede derivar en la suspensión o pérdida total del paro o subsidio. Por eso, revisar el buzón (tanto el físico como el electrónico) se ha vuelto casi una obligación, porque el tiempo para reaccionar es limitado. En esta situación, muchas personas se preguntan qué han hecho mal o por qué les ha llegado esa carta. Y la respuesta está en las normativas del SEPE, que recoge diferentes niveles de infracción: leves, graves y muy graves. Cada una tiene consecuencias distintas, pero todas pueden desembocar en la misma consecuencia temida: perder el dinero que garantiza cierta estabilidad en momentos complicados.
Qué es la carta del miedo del SEPE y qué hacer
Estas cartas son comunicaciones oficiales que el SEPE envía cuando detecta que un beneficiario del paro o de un subsidio ha incumplido alguna de las obligaciones que le corresponden. Lo que hace que sean tan temidas es que, en muchas ocasiones, suponen la suspensión inmediata del pago o incluso su extinción definitiva.
Es importante saber que estas obligaciones no son puntuales, sino continuas. Es decir, aunque al inicio de la solicitud se cumplieran todos los requisitos, si en algún momento durante el cobro se incumple alguna norma, el SEPE puede actuar. Las causas son muy variadas, desde no acudir a una cita hasta realizar actividades incompatibles con el cobro del subsidio, y muchas veces el ciudadano ni siquiera es plenamente consciente de estar cometiendo una infracción.
El problema es que el SEPE no suele avisar con antelación. Simplemente detecta la infracción, emite la carta y, en ese momento, comienza a correr el plazo para presentar alegaciones. Por eso es tan crucial revisar frecuentemente el buzón o la Sede Electrónica del SEPE si se está cobrando una prestación.
Infracciones leves que son consideradas leves
Aunque parezcan menores, las infracciones leves también tienen consecuencias que pueden afectar de forma considerable a quien depende del subsidio para subsistir. Entre los motivos más habituales se encuentra el no acudir a una cita con el SEPE o con una agencia de colocación sin causa justificada. También se considera infracción leve no entregar un justificante de asistencia a una entrevista de trabajo o no cumplir con lo que establece el acuerdo de actividad.
Otro motivo frecuente es no mantener actualizados los datos personales o no facilitar la información necesaria para que el SEPE pueda contactarte correctamente. Algo tan sencillo como cambiar de domicilio y olvidarse de notificarlo puede generar un problema serio si el organismo no puede comunicarse contigo.
Las sanciones, aunque progresivas, son acumulativas. La primera vez puede suponer la pérdida de un mes de prestación. Pero si se repite la infracción, la segunda sanción será de tres meses, la tercera de seis y la cuarta implicará la pérdida total de la ayuda. Y aquí es importante señalar que si pasa más de un año entre una infracción y la siguiente, el contador se reinicia.
Infracciones que el SEPE considera graves
En el siguiente nivel se encuentran las infracciones graves, que pueden parecer más obvias pero también suceden con más frecuencia de la que parece. Es importante conocerlas bien, de modo que os las enumeramos a continuación:
- Una de las más conocidas es trabajar (ya sea por cuenta propia o ajena) mientras se sigue cobrando el paro, si esa actividad no está permitida según la normativa.
- También es una infracción grave no avisar de que se ha encontrado trabajo y se sigue recibiendo la prestación.
- Otras situaciones contempladas como graves incluyen rechazar una oferta de empleo adecuada enviada por el SEPE sin una causa justificada, o negarse a participar en cursos de formación o programas diseñados para mejorar la empleabilidad.
La gravedad de estas faltas se refleja en las sanciones: la primera implica la pérdida de tres meses de prestación, la segunda de seis y la tercera supone la extinción definitiva del subsidio.
Infracciones que son muy graves
En la categoría más alta están las infracciones muy graves, que son directamente motivo de retirada total de la prestación, incluso si es la primera vez que ocurre. Aquí hablamos de situaciones en las que se actúa de forma fraudulenta para obtener un beneficio económico que no corresponde.
Por ejemplo, cuando alguien falsifica documentos, inventa una relación laboral, oculta ingresos o actúa de forma coordinada con una empresa para simular un despido. También se incluye en este apartado compatibilizar el cobro del subsidio con un empleo cuando no está legalmente permitido, o usar de forma indebida las ayudas que se reciben como parte de programas de fomento de empleo.
Este tipo de infracciones no sólo tienen consecuencias administrativas, sino que también pueden derivar en procesos judiciales y en la obligación de devolver el dinero recibido indebidamente.
¿Qué hacer si te llega una carta del SEPE?
Recibir una carta del SEPE no siempre significa que todo esté perdido. Lo primero es no entrar en pánico y leer detenidamente el contenido de la notificación. Si se está en desacuerdo con la sanción, se puede presentar un escrito de alegaciones en la oficina correspondiente en un plazo de 15 días hábiles.
Tras ese paso, el SEPE dictará una resolución definitiva. Si aún no se está conforme, hay margen para presentar una reclamación administrativa en el plazo de un mes. Y si la situación no se resuelve a favor del ciudadano, la vía judicial sigue abierta a través del Juzgado de lo Social.
Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral si la situación se complica. También es aconsejable conservar toda la documentación y los justificantes que puedan acreditar que no se ha cometido ninguna infracción o que existía una causa justificada.