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Aviso de la Seguridad Social a los jubilados: si no haces esto te vas a quedar sin los 4.000 euros del IRPF

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Blanca Espada

Los jubilados que cotizaron a antiguas mutualidades laborales están a punto de recuperar un dinero que llevan demasiado tiempo esperando. Después de años de reclamaciones, sentencias del Tribunal Supremo, rectificaciones del Gobierno y muchas dudas, todo apunta a que, por fin, este 2025 será el año en que se devuelva el IRPF cobrado de forma indebida. Se trata de una cantidad importante, que puede rondar los 4.000 euros del IRPF por jubilado, y que, en algunos casos, podría superar esa cifra. Pero hay algo importante: quien no haga el trámite correcto, se quedará sin este dinero.

La noticia ha generado gran expectación entre los casi cinco millones de pensionistas afectados, sobre todo porque durante meses parecía que el Gobierno iba a fraccionar los pagos en cuatro años, algo que finalmente se ha descartado gracias a la presión de colectivos de mayores y sindicatos. Ahora, el mensaje es claro: la devolución de los 4.000 euros del IRPF se hará en un sólo pago, y con intereses de demora. Pero para recibir este ingreso, no basta con sentarse a esperar: hay que comprobar si se tiene derecho y, en muchos casos, presentar la solicitud. Toma nota porque te ofrecemos todos los detalles de esta devolución y cómo pedirla.

Quién tiene derecho a la devolución de los 4.000 euros del IRPF

No todos los jubilados recibirán automáticamente la devolución de los 4.000 euros del IRPF. El derecho a reclamar está ligado a una doble tributación que sufrieron quienes cotizaron a ciertas mutualidades laborales antes de que se integraran en el sistema general de la Seguridad Social. Es decir, durante años estos trabajadores hicieron aportaciones que no pudieron desgravarse en su momento, y luego, al jubilarse, tributan otra vez por ese dinero en forma de pensión. Una doble carga fiscal que el Tribunal Supremo ha declarado injusta.

Según el criterio fijado por Hacienda, los afectados son quienes hicieron aportaciones a mutualidades antes de 1979, en especial entre los años 1967 y 1978, aunque también hay casos anteriores. Este perfil incluye no sólo a pensionistas de la Seguridad Social, sino también a jubilados del Instituto Social de la Marina, Clases Pasivas, y aquellos que cobraron pensiones complementarias a través de Muface, Mugeju o Isfas.

Cómo saber si eres uno de los jubilados que puede recuperar hasta 4.000 euros

Para muchos pensionistas, esta es la gran pregunta. Y la respuesta, aunque algo técnica, se puede resumir de forma sencilla: si hiciste aportaciones a una mutualidad antes de 1979, probablemente tengas derecho a reclamar. En concreto:

  • Las aportaciones anteriores a 1967 no tributan: esa parte de tu pensión debería estar exenta al 100%.
  • Las realizadas entre 1967 y 1978 tributan solo al 75%, con una reducción del 25%.
  • Las pensiones complementarias también pueden tener reducción del 25%, si proceden de aportaciones previas a 1995.

En todos estos casos, Hacienda ha creado una herramienta online para comprobar si eres uno de los afectados y, si es así, te permite presentar una solicitud para recalcular tu IRPF de ejercicios no prescritos. La devolución media estimada ronda los 4.000 euros, pero puede variar en función de tus cotizaciones y retenciones de cada año.

Qué debes hacer para no quedarte sin la devolución

Aquí está el punto clave: si no actúas, no cobrarás nada. Aunque se haya anunciado que la Agencia Tributaria hará las devoluciones en un solo pago, esto no implica que vaya a ingresar automáticamente el dinero en todas las cuentas de los jubilados. En muchos casos, es necesario presentar una solicitud o revisar si el cálculo de tu pensión incluye estas reducciones.

Para ello, Hacienda ha habilitado un trámite específico en su sede electrónica. También se puede acudir a una delegación de la Agencia Tributaria, pero lo más recomendable es consultar con un gestor o con los sindicatos, que están ayudando activamente a los jubilados en este proceso. Dejar pasar el tiempo sin hacer nada es el mayor error que se puede cometer.

Además, hay otro aspecto que conviene no olvidar: aunque Hacienda hará la devolución con intereses de demora (ahora fijados en un 4,0625%), estos sólo se aplicarán a quienes presenten su reclamación dentro del plazo establecido. Y aún no hay una fecha tope oficial, pero cuanto antes se tramite, mejor.

Qué papel han jugado los tribunales y los sindicatos

La devolución de estos importes no ha llegado sola. Ha sido necesaria una lucha larga en los tribunales, con sentencias favorables del Tribunal Supremo, que reconocieron que los jubilados mutualistas estaban pagando de más. Fue esa jurisprudencia la que obligó a Hacienda a rectificar su postura inicial.

El Gobierno quiso inicialmente fraccionar las devoluciones entre 2025 y 2028, algo que provocó una fuerte movilización de las asociaciones de jubilados. También los sindicatos UGT y CCOO jugaron un papel importante al presionar para que el pago se hiciera íntegramente en 2025 y con intereses. Finalmente, en marzo de este año, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció el cambio: todo se pagará este mismo año, y de una vez.

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