Alerta entre los pensionistas. Tu pensión puede caducar y la Seguridad Social te va a dejar sin un duro
La jubilación es una de las etapas más importantes de la vida, el momento que llega cuando finaliza tu vida laboral y puedes por fin disfrutar de todo tu tiempo de forma libre para hacer todo lo que siempre has querido hacer y probablemente nunca tuviste tiempo para ello. Te contamos, por si no lo sabes, que las pensiones pueden caducar, algo a lo que debes prestar mucha atención por si la Seguridad Social te deja sin un duro… ¡toma nota!.
En España hay más de 9 millones de pensionistas, de diferentes tipos, personas que perciben sus pensiones de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad o la que corresponda en cada caso.
Las pensiones pueden caducar y tú no lo sabías
Sí, las pensiones de la Seguridad Social pueden caducar, y si no prestas atención a los motivos por los que pueden hacerlo te arriesgas a dejar de recibirla en el caso de que seas beneficiario de una. Eso sí, es importante tener en cuenta que no todas las pensiones caducan, están a salvo las de jubilación, orfandad, viudedad y en favor de familiares. De todas estas, ninguna tiene caducidad.
El resto de las pensiones que otorga la Seguridad Social pueden caducar a los 5 años, plazo que se cuenta «desde el día siguiente a aquel en el que tenga lugar el hecho causante de la prestación, y sin perjuicio de que los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la solicitud», según se explica en la Sede Electrónica.
Cuando se pasa el plazo, el cobro de esas pensiones se puede ver interrumpido, algo que puede suceder por estos motivos:
- Por una reclamación extrajudicial del acreedor o cualquier acto de reconocimiento de la deuda del deudor.
- Por una reclamación ante la Administración de la Seguridad Social o el Ministerio de Empleo.
- Por la incoación de un expediente tramitado por la Inspección de Trabajo.
También hay que mencionar que el derecho a cobrar una prestación puede caducar al año si no se ha hecho efectiva, algo que puede suceder en dos casos: prestaciones de un único pago y pagas de cargo periódico. En el primer caso, caducarían contando a partir del día siguiente en el que se notificó su aprobación, mientras que en el otro se dejaría de tener derecho a percibir cada mensualidad al año de su respectivo vencimiento.
Aunque más que caducidad sería perder el derecho, es importante saber que el beneficiario de una pensión tiene la obligación de informar de determinados cambios en sus datos personales, y que no hacerlo puede afectar al cobro, llegando a perderla en los casos más graves.