De 500 a 1.300 euros: la ayuda que podrías estar perdiendo y no sabías
Las ayudas que conceden los diferentes organismos y administraciones del gobierno son vitales para la población, especialmente cuando están destinadas a las familias en situación vulnerable que necesitan urgentemente tener unos ingresos mínimos con los que poder cubrir sus gastos más básicos. Te contamos cuál es la ayuda de entre 500 y 1300 euros que quizás puedas pedir y que aún no la hayas solicitado, mucha gente no sabe que existe, así que revisa si puedes beneficiarte de ella… ¡toma nota!
Puedes cobrar el Ingreso Mínimo Vital y no lo sabes
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda que otorga la Seguridad Social a personas en situación de vulnerabilidad económica, creada hace ya tres años y que actualmente reciben casi dos millones de personas. A pesar de que son muchas las personas que la perciben, lo cierto es que la Seguridad Social asegura que hay muchas personas que podrían solicitarla y todavía no lo ha hecho, principalmente por desconocimiento.
Esta ayuda tiene un importe que va desde los 500 euros hasta los 1.300 y que se calcula que el 58% de las personas que tienen derecho a cobrarla todavía no la han solicitado, un porcentaje que el gobierno quiere reducir para que, como mucho, sea un 35%. Sin duda resulta preocupante que haya tantas personas en mala situación económica y no sepan que pueden recibir todo este dinero cada mes.
Para conseguir llegar a más personas que cumplan los requisitos para solicitarla se ha creado un simulador con un funcionamiento muy sencillo, y es que bastará con meter algunos datos y se confirmará si se tiene derecho a recibirla, aunque es importante dejar claro que el resultado no es vinculante, ni para bien ni para mal, lo será cuando se solicite oficialmente. Hasta que el Ministerio no comprueba que todos los datos se ajustan a los requisitos y condiciones establecidas, no se puede confirmar que se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
¿Quiénes pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Las personas que tienen derecho a percibir esta ayuda están recogidas en el artículo 4 de la Ley 19/2021, y son las siguientes:
- Personas incluidas dentro de una unidad de convivencia. Esto supone que dentro de un mismo inmueble residan varias personas bajo un vínculo. Ya sea de matrimonio, de pareja o de hasta segundo grado de consanguinidad.
- Jóvenes de menos de 23 años que residan solos o compartan domicilio, siempre que no se integren dentro de una unidad de convivencia.
- Mujeres víctimas de violencia de género, violencia doméstica o trata de seres humanos y explotación sexual, al margen de la edad.
- Personas que perciban una prestación de servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario.
Temas:
- Ingreso Mínimo Vital