El Tribunal Supremo declara nulo el canon digital

El Tribunal Supremo declara nulo el canon digital
Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. (Foto: Getty)

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conocido como ‘canon digital’, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, «dentro de los límites presupuestarios» establecidos para cada ejercicio.

En concreto, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto hace tres años por tres entidades de gestión (Egeda, Dama y Vegap), que entendían que no debían ser los presupuestos estatales los que financiaran este canon, sino exclusivamente los usuarios de la copia privada.

El Supremo atiende a la resolución del pasado mes de junio del Tribunal de la UE que consideraba ilegal el canon al no garantizar que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas. Por ello, ve «inaplicables» los preceptos del Real Decreto y los declara nulos.

«A juicio de esta Sala, el presente asunto gira fundamentalmente en torno a un problema de derecho de la Unión Europea», señala el tribunal, quien no obstante matiza que introducir una medida para evitar que las cantidades recaudadas de los impuestos terminen sufragando la compensación equitativa es «tarea difícil».

Además, considera a las entidades de gestión como demandantes «con interés legítimo» en este asunto, pese a las alegaciones del Abogado del Estado tras conocer la decisión de Bruselas.

Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) celebran el fallo

La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha celebrado la sentencia del Tribunal Supremo que anula el canon digital que gravaba la venta de equipos y dispositivos susceptibles de almacenar contenidos por parte de los particulares, por la remuneración de las copias privadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La Asociación considera que el problema de la financiación de la copia privada por los PGE no está sólo en que se obligue a pagar a las personas jurídicas por una actividad, la reproducción de copia privada, que en realidad tienen prohibida por Ley.

Para AUC, lo más «injusto» es que se obliga a pagar a personas que no sólo no realizan copias, sino que «ni siquiera son usuarios de los equipos, dispositivos y soportes que lo permiten, detrayéndose además de los impuestos cantidades de deberían dedicarse con mejor fortuna a garantizar servicios básicos, especialmente para los colectivos más desfavorecidos».

La entidad intentó personarse en el recurso contra el Real Decreto-Ley de 2011 por el que el gobierno eliminó el canon digital y estableció la financiación a través de los PGE, pero la abogacía del Estado apeló a su «falta de legitimación» al tratarse de un caso que no afectaba «sólo a los consumidores», sino al conjunto de la ciudadanía.

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