Convergencia Democrática de Cataluña

El Supremo confirma las condenas por corrupción a los independentistas catalanes del Caso Palau

La Sala Tercera del Alto Tribunal rechaza el recurso del partido político Convergencia Democrática de Cataluña (CDC) y sentencia en firme a Félix Millet y Jordi Montull, entre otros, por tráfico de influencias, blanqueo y delitos contra la Hacienda Pública.

Caso Palau
Fèlix Millet y Daniel Osàcar, ex presidente y ex tesorero del Palau

El Supremo no ha modificado la condena de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 2017. Los magistrados del Alto Tribunal han confirmado las penas de 9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones de euros a Félix Millet, el que fuera el máximo responsable del Palau de la Música de Cataluña. Además, ratifica los 7 años y 6 meses de prisión -y multa de 2,9 millones de euros- al también exresponsable de la entidad Jordi Montull. Ambos deberán devolver los 23 millones de euros de fondos del Palau que desviaron en su propio beneficio.

La Sala Tercera confirma también el embargo de un total de 6,6 millones de euros a la formación política Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) por sus ganancias obtenidas mediante tráfico de influencias. Uno de las leves modificaciones que aplican los magistrados afecta a la condena a la exresponsable financiera del Palau Gemma Montull, que pasa de 4 años y 6 meses de prisión a 4 años, pero a quien mantienen la multa de 2,6 millones de euros impuesta por el tribunal provincial por blanqueo de capitales.

La pena impuesta al ex tesorero de CDC Daniel Osácar se reduce de 4 años y 5 meses de prisión, a 3 años y 6 meses, al quedar absuelto del delito de tráfico de influencias -castigado con 11 meses de cárcel- porque la Sala entiende que no ha quedado acreditado que cobrara ninguna comisión de Ferrovial por una de las obras adjudicadas a la empresa española, cuando él era tesorero de CDC. Se le confirman 3 años y 6 meses de prisión, más multa de 3,7 millones de euros, como autor de un delito de blanqueo de capitales, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito de falsedad contable, con la atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, que se aplica a todos los condenados.

El Supremo ha rechazado el recurso de CDC contra el comiso de 6,6 millones impuesto a la formación política. En una sentencia de 440 páginas, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco, el Alto Tribunal  ha recordado que hay tres condenados por ese delito -Millet, y Jordi y Gemma Montull- cuya conducta atendía a que las ‘mordidas’ cobradas por todos ellos, a cambio de adjudicaciones de obra pública, llegaran a CDC.

«Desde un inicio y la dinámica delictiva probada lo muestra, el objeto del tráfico era la consecución de estas dádivas (pactada su cuantificación en comisiones porcentuales del importe de la obra) para el partido Convergencia; sin perjuicio de que otros actores se llevaran su parte por prestar el Palau a esas transferencias dinerarias, pues era servicio remunerado, precisamente por el logro de que la parte que aquí contemplamos de esas referidas comisiones, llegara a Convergencia», afirma la resolución.

Delitos

Todos los condenados lo son por delitos graves de malversación, apropiación indebida y falsedad continuada en documento mercantil y contable, cometidos por Millet, Jordi Montulll y Gemma Montull, como directivos del Palau.

Además, Millet y Jordi y Gemma Montull han sido encontrados culpables de tráfico de influencias. En el caso de Osácar, Millet, Jordi y Gemma Montull, se suman los de blanqueo de capitales y falsedad contable y continuada.

El cuadro de condenas se completa con delito de falsedad documental por parte de los cinco empresarios que no han recurrido en casación.
De los delitos de administración societaria desleal y de tráfico de influencias fueron absueltos por la Audiencia de Barcelona dos representantes de Ferrovial. La Fiscalía recurrió dicha absolución, pero su recurso ha sido desestimado por el Supremo.

En su rechazo a los recursos de los distintos acusados, el Supremo hace un pormenorizado análisis jurídico de los distintos delitos cometidos.

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