El Supremo ratifica que el Monasterio de Santa Isabel de Palma es de las monjas jerónimas y no del Obispado
Declara firme la sentencia de 2024 e impone las costas al Obispado
Son las propietarias del monasterio que poseen y cuidan desde 1485

El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el Obispado de Mallorca contra la sentencia de la Audiencia Provincial que reconoce a las monjas jerónimas la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, conocido popularmente como convento de Sant Jeroni.
La Federación de Monasterios de Monjas Jerónimas de Santa Paula ha recibido la comunicación este viernes de la resolución, dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, que declara firme la sentencia de 2024 e impone las costas al Obispado.
Según el fallo judicial, al que ha tenido acceso OKBALEARES y que no admite recurso alguno, el recurrente acusaba a la Audiencia de obviar un convenio del año 1865. El Tribunal Supremo aclara que la Audiencia aplicó de forma correcta la Ley de 4 de abril de 1860, la cual determina que los bienes desamortizados no vendidos se devuelven a quien era su propietario original (la Congregación).
Al motivar que la propiedad corresponde a las religiosas, la Audiencia descartó tácitamente el valor probatorio de dicho convenio, lo cual cumple formalmente con el deber de motivación.
En relación a la usucapión (adquisición por el paso del tiempo) a favor de la demandante, el Supremo determina que carecen de «efecto útil», puesto que la propiedad de las religiosas ya se sostiene de forma independiente por la ley de desamortización antes mencionada.
Por ello reitera que la jurisprudencia ya tiene establecido que la normativa histórica de 1860 reconocía la plena capacidad y devolución de los bienes eclesiásticos a sus legítimos propietarios previos.
En un comunicado, la priora del monasterio, Ángeles Sanz, ha celebrado la resolución, que zanja definitivamente la controversia iniciada en 2014 con el obispo Javier Salinas.
«Celebramos fervientemente que este pronunciamiento del Tribunal Supremo sea el último capítulo de esta controversia, tan larga como lamentable, que nos ha enfrentado a alguien tan de la Iglesia como es un obispo», ha subrayado.
La resolución ratifica que las religiosas jerónimas del Monasterio de Santa Isabel son las propietarias de su propio monasterio, que vienen poseyendo, ampliando, cuidando y atesorando pacíficamente desde 1485, con la consiguiente cancelación del asiento inmatriculatorio provocado por las certificaciones del obispo Javier Salinas.
Hay que recordar que en julio de 2022 el Juzgado de Primera Instancia de Palma sentenció que las monjas jerónimas son las propietarias del convento ubicado en el centro histórico de Palma, un convento de inmenso valor patrimonial que cerró sus puertas en 2015 debido a la avanzada edad de las cinco religiosas que quedaban y la imposibilidad de seguir manteniendo el complejo de origen medieval. Las religiosas se trasladaron al convento de Inca.
Posteriormente, la Audiencia Provincial de Baleares desestimó en 2024 el recurso del Obispado de Mallorca por la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, confirmando la decisión del juzgado que reconocía a las religiosas como dueñas de este complejo.
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