Tribunales

Un hombre que dejó embarazada a una niña de 13 años saldrá antes de prisión gracias a la Ley Montero

Ley Montero TSJA
La ministra de Igualdad, Irene Montero, el pasado 8M (EUROPA PRESS).

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado un año la pena a un varón que abusó sexualmente de una niña de 13 años en aplicación de la ley del sólo sí es sí impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero. La menor quedó embarazada tras prestarse a mantener relaciones sin preservativo después de que el condenado, de 26 años, le dijese que era estéril y alérgico al látex. La pena ha quedado reducida a nueve años de cárcel.

El fallo del TSJA rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa del penado y confirma la sentencia dictada por la Audiencia de Almería, pero introduce la aplicación de la norma más favorable en cuanto a la imposición de pena en base a la ley del sólo sí es sí.

El Alto Tribunal andaluz apunta que el arco penalógico para el delito por el que ha sido condenado el recurrente «no es el mismo» desde la entrada en vigor de la citada ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, «tomando en consideración la concreta modalidad aplicada y el carácter de delito continuado», lo que lleva a fijar como pena mínima en la mitad superior para el tipo aplicado los nueve años y un día de cárcel.

La Sala de apelación mantiene el resto de los pronunciamientos, de modo que ratifica el «propósito libidinoso» y «con pleno conocimiento de la edad» de la víctima que llevó al acusado a mantener relaciones sexuales completas con ella «en varias ocasiones» entre octubre y noviembre de 2018, a las que ella accedió si bien «por su edad carecía de la madurez precisa para prestar el consentimiento y para valorar las consecuencias» de sus actos.

El hombre, que contaba con unos 26 años en el momento de los hechos, fue condenado además al pago de 30.000 euros de indemnización, a mantener 500 metros de alejamiento de la menor durante 13 años, cinco años más de libertad vigilada y a estar inhabilitado para ejercer como profesor u otro cargo en el que tenga contacto directo con menores durante 14 años.

El acusado reconoció las relaciones sexuales con la menor, a la que había conocido a través de Instagram, si bien rechazó saber que tenía entonces 13 años o, en su caso, menos de 16 porque «la vio muy madura», de tal modo que «cuando se enteró de la edad» que tenía la chica «fue cuando terminaron la relación».

Frente a ello, la víctima aseguró que aunque en un primer momento le dijo al acusado que tenía 16 años, le reveló su edad real cuando «empezaron a mantener relaciones sexuales» y «a pesar de ello continuó» con dichos encuentros hasta que la niña quedó embarazada, por lo que acudió a una clínica para la interrupción del embarazo desde la que se avisó a la Guardia Civil.

«La menor no tenía la madurez suficiente para alcanzar el grado de madurez que sí había desarrollado, por sus mayores experiencias vitales, el acusado, con 25 o 26 años», añade el tribunal, quien afea que el acusado «aun conociendo la edad de la menor» mantuviera relaciones sexuales con ella «sin medidas profilácticas algunas que motivaron el embarazo no deseado» bajo la creencia incierta de que el acusado «no podía tener hijos».

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