Agresión sexual en Granada

A prisión un inmigrante marroquí por agredir sexualmente a una mujer en Granada

El acusado era el jefe de la cuadrilla en la que trabajaba la víctima

Un agente de la Guardia Civil.
Un agente de la Guardia Civil.
Borja Jiménez

La Audiencia de Granada ha condenado a un año de prisión y dos de libertad vigilada a un inmigrante marroquí de 36 años por agredir sexualmente a una mujer en la finca de habichuelas en la que estaban trabajando aprovechando que se quedaron a solas.

Los hechos se remontan al 25 de agosto de 2022, eran en torno a las once de la mañana y el acusado, que en ese momento ejercía las labores de jefe de la cuadrilla, indicó al resto de trabajadores que se marcharan porque, según declaró la víctima, «ese día había un control de policía sobre gente que trabajaba sin papeles».

El acusado le dijo a la mujer -ambos tienen el permiso de residencia en regla- que se quedara envasando habichuelas con él y presuntamente aprovechó ese momento para tirarle del brazo y colocarla de rodillas, bajándose él los pantalones y «dejando sus genitales a la vista delante de ella», según consta probado en la sentencia.

Ella le dio un empujón, intentando huir, pero la sujetó por la mochila que llevaba, que ella soltó para escapar. Tras este forcejeo previo la mujer volvió a por la mochila en la que llevaba sus pertenencias, momento en el que el acusado la agarró del cuello y le «metió la mano por debajo de la camiseta tocándole los pechos».

A consecuencia de estos hechos, la víctima, también de nacionalidad marroquí, sufrió policontusiones, arañazos, dolor cervical y nerviosismo, habiendo tardado en curar diez días con perjuicio personal básico. El acusado negó las acusaciones en el juicio y su defensa solicitó la libre absolución, pero la Audiencia no ve motivos para dudar de la declaración de la víctima y de su veracidad; tampoco en relación a los motivos esgrimidos por la defensa sobre su residencia en España en tanto que la mujer se presentó ante los tribunales con los papeles en regla.

Así, condena al acusado como autor de un delito consumado de agresión sexual sin penetración a la pena de un año de prisión y dos años de libertad vigilada, así como a la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante tres años. Junto a ello, deberá indemnizarla en 800 euros, mientras que el tribunal le ha absuelto del delito leve de lesiones por el que también estaba acusado.

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