El número que no querrás tener nunca en tu carnet de conducir
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El 1 de julio de 2006 entró en vigor el carnet de conducir por puntos en España, un sistema por el que, a medida que se van cometiendo infracciones, se van restando puntos, hasta llegar a 0. Inicialmente, de forma general, todos los conductores tienen un saldo de 12 puntos. Ahora bien, los conductores noveles y cualquier conductor que obtenga de nuevo el permiso después de habérsele retirado comienzan con 8 puntos.
Por lo tanto, los conductores con más de tres años de experiencia al volante tienen un saldo de 12 puntos. Si en tres años no cometen ninguna infracción, pasan a tener 14 puntos y, si pasan otros tres años sin cometer infracciones, consiguen un total de 15.
Pérdida de puntos
Según explica la Dirección General de Tráfico, la mayor parte de las infracciones hacen que los conductores se queden a 0. Las principales infracciones se cometen por superar el límite de velocidad, distraerse con el teléfono móvil o consumir drogas o alcohol.
A partir del mes de marzo, no utilizar (o utilizarlo de manera incorrecta) el cinturón de seguridad, pasará de estar penado con la pérdida de 2 puntos del carnet de conducir a 4. La sanción económica seguirá siendo de 200 euros.
Pero, ¿qué pasa cuando un conductor pierde todos sus puntos? No puede conducir ningún vehículo ya que pierde la vigencia del permiso de conducir.
Para recuperar el carnet, el conductor tiene que realizar un curso de sensibilización y reeducación vial de la DGT, que tiene una duración de 24 horas. Una vez finalizada la formación, debe superar un examen.
Si aprueba el examen, puede solicitar la expedición del nuevo permiso, que contará con 8 puntos durante los tres primeros años. Ahora bien, en la parte trasera del nuevo documento tendrá un código número: 106.5. Se trata de un indicativo de la Dirección General de Tráfico, y refleja que el conductor ha obtenido el nuevo permiso tras haber perdido todos los puntos.
Infracciones más frecuentes
El exceso de velocidad conlleva una multa de entre 100 y 600 euros y la pérdida de 2 a 6 puntos del carnet de conducir. Cuando el exceso de velocidad es superior a la establecida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas y en 80 kilómetros por hora en vías interurbanas, pasa a ser delito.
Hablar por el móvil o llevarlo en la mano es motivo de sanción. También utilizar auriculares, aunque solo sea uno, así como usar dispositivos electrónicos y navegadores. La sanción es de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet de conducir.
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