Confirmado por Hacienda: adiós a la declaración de la Renta de siempre, en 2026 nada será igual
Las personas que estén en paro deberán presentar la declaración de la Renta
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Con la llegada de un nuevo año a la vuelta de la esquina, una de las primeras cosas en las que pensamos, en lo que respecta a impuestos, la campaña de la Renta que volverá en primavera, aunque con una novedad que muchos no esperan. La campaña de 2026 va a tener con un giro que rompe por completo la rutina fiscal que conocen millones de contribuyentes. Ya no se trata sólo de que revisemos los ingresos, deducciones o que comprobemos si nos toca pagar o devolver: por primera vez, todas las personas desempleadas estarán obligadas a presentar la declaración, incluso aunque no alcancen los ingresos mínimos habituales. Es un cambio que afecta de lleno a miles de hogares y que reconfigura quién debe rendir cuentas ante la Agencia Tributaria.
Este movimiento no es nuevo, pero sí es la primera vez que se aplicará. La medida se aprobó en 2024 dentro de la reforma del subsidio por desempleo, aunque su entrada en vigor se pospuso para 2026 para dar más margen a la administración y a los propios contribuyentes. Entonces, con la campaña correspondiente al ejercicio 2025, Hacienda activa por fin esta obligación, ampliando de forma notable los colectivos que deberán presentar la Renta. Podemos decir entonces que la Renta de 2026 ya no será como las anteriores, porque incorpora una exigencia que transforma el mapa fiscal del país. Para quienes estén en paro, la declaración dejará de ser opcional y pasa a ser obligatoria, con sanciones relevantes si no se cumple el trámite. Y eso obliga a muchos ciudadanos a familiarizarse con un proceso que hasta ahora podían evitar.
Adiós a la declaración de la Renta de siempre
El cambio central es sencillo de explicar, pero enorme en sus consecuencias: todas las personas desempleadas deberán presentar declaración, independientemente de si alcanzan o no los umbrales de ingresos mínimos del IRPF. Hasta ahora, un parado con rentas bajas podía no declarar sin consecuencias. Desde la campaña de 2026, eso deja de ser así.
Hacienda retoma aquí una medida que ya estaba prevista para 2025, pero que se retrasó un año. El objetivo era ajustar los procesos internos, revisar los colectivos afectados y permitir a los beneficiarios adaptarse. Una vez completado ese plazo, la Agencia Tributaria aplicará la medida con normalidad en la declaración correspondiente al ejercicio 2025, que es la que se presenta en la primavera de 2026.
Este cambio convive con los límites que ya existían para el resto de trabajadores. Igual que en campañas anteriores, deberán declarar quienes superen los 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador. Si tienen dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros. A partir de ahí, la obligación es general y no hay margen para excepciones.
El ministerio dirigido por María Jesús Montero defiende que este giro mejora la transparencia y permite un mayor control sobre las prestaciones. Según Hacienda, revisar la situación fiscal de quienes reciben subsidios evita errores, duplicidades o situaciones irregulares y ayuda a ajustar el sistema de ayudas públicas.
Qué implica para los desempleados
Para miles de personas, la Renta pasaba inadvertida hasta ahora. Quien no trabajaba o tenía rentas muy bajas no tenía la obligación de declarar, salvo que quisiera pedir una devolución o acreditar alguna situación especial. Con la nueva norma, eso se acabó.
A partir de 2026, estar en paro implica automáticamente estar obligado a presentar declaración, aunque los ingresos del año hayan sido mínimos o provengan solamente de prestaciones. Incluso quienes cobran subsidios modestos deberán completar el trámite.
Esto supone afrontar una documentación que muchos no estaban acostumbrados a gestionar: certificados de prestaciones, datos fiscales, deducciones aplicables y posibles casillas que antes ni miraban. Hacienda insiste en que el proceso será más sencillo con los servicios digitales actuales, pero en la práctica muchos contribuyentes necesitarán asesoramiento.
Sanciones y multas: qué pasa si no se presenta la declaración
La medida viene acompañada de un sistema sancionador que conviene entender bien, porque las consecuencias pueden ser importantes. Si un desempleado no presenta la declaración pese a estar obligado, puede ocurrir lo siguiente:
- Pérdida de la prestación. Es el escenario más grave. No presentar la Renta puede considerarse un incumplimiento de obligaciones, lo que abre la puerta a suspender o incluso extinguir el cobro del subsidio.
- Multas económicas. Si la declaración debería haber salido a pagar, el contribuyente deberá abonar la cantidad correspondiente más una penalización. La multa puede situarse entre el 50% y el 150% de la deuda, incrementándose si Hacienda considera que ha habido perjuicio económico o reincidencia.
- Sanción incluso si la declaración sale a devolver. Aquí está la parte que sorprende a muchos: incluso si la declaración sale a favor del contribuyente, no presentarla puede generar una multa que puede llegar hasta los 200 euros. En algunos casos, la devolución puede ser menor que la sanción, y el contribuyente acabar pagando.
- Revisión durante cuatro años. La Agencia Tributaria dispone de un margen de cuatro ejercicios para revisar la documentación. Esto significa que podrá requerir información o aplicar sanciones hasta 2030, aunque la declaración corresponda al año 2025.
En resumen, la omisión deja de ser inocua. Ignorar la obligación puede salir caro, y Hacienda ha querido dejarlo claro desde el inicio.
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