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3 motivos de peso por los que la DGT se podrá llevar tu coche si está aparcado en la calle

3 motivos de peso por los que la DGT se podrá llevar tu coche si está aparcado en la calle
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

¿Sabes que existen una serie de motivos por los que la DGT se puede llevar tu coche si está aparcado en la calle? Según datos del Ministerio del Interior, en España hay unos 50.000 vehículos en situación de abandono. En este caso, la DGT puede intervenir para retirarlos y enviarlos a un desguace o centro de tratamiento de residuos.

La legislación es muy estricta al respecto, así que debes asegurarte de que cumples con tus obligaciones como propietario del vehículo para evitar perderlo para siempre. El artículo 106 de la Ley de Tráfico especifica lo siguiente: » La Administración competente en materia de ordenación y gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación».

Son tres los supuestos en los que la DGT se puede llevar tu coche si está aparcado en la calle:

    • Si el vehículo ha permanecido estacionado durante más de un mes en el lugar y presenta desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.
    • Si se ha recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en un recinto privado y su propietario no lo ha retirado en el plazo de dos meses.
    • Si han transcurrido dos meses desde que el vehículo fue inmovilizado o retirado de la vía pública por la Administración y el propietario no ha presentado ninguna alegación.

El párrafo 3 del artículo 106 añade lo siguiente: «En aquellos casos en que se estime conveniente, la Jefatura Provincial de Tráfico, los órganos competentes de las comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, y el Alcalde o autoridad correspondiente por delegación, podrán acordar la sustitución del tratamiento residual del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia del tráfico, respectivamente en cada ámbito».

Con esta norma, la DGT quiere solucionar el problema de los miles de vehículos abandonados que hay en España. Se calcula que unos 20.000 se encuentran estacionados en espacios privados. Antes, la única manera de desalojarlos era mediante la vía judicial.

Por último, cabe recordar que el abandono de cualquier tipo de vehículo en la vía pública se considera una infracción grave, y como tal conlleva una multa que oscila entre 751 y 1.500 euros. A esto hay que sumar que toda la responsabilidad económica que se deriva del traslado e inmovilización del vehículo, como los costes de la grúa o la estancia en el depósito municipal, recaen en el conductor infractor.

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