Llarena y el sentido de Estado

Llarena y el sentido de Estado

Demandar a Llarena es hacerlo a nuestro Poder Judicial. El viernes 24 conocíamos cómo el Ministerio de Justicia negaba la personación de España en el procedimiento instado contra ‘el juez del procés’ por Puigdemont y otros consejeros investigados/fugados aduciendo que “el Gobierno no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función”. Ante esta manifestación, todas las asociaciones de jueces y fiscales, excluyendo a la Unión Progresista de Fiscales y a Jueces para la Democracia, mostraron su repulsa y reprocharon que esta acción que contrariaba el amparo que el Consejo General del Poder Judicial y la Abogacía del Estado sí que habían mostrado. Finalmente el domingo 26 el Ministerio de Justicia corregía sus afirmaciones y anunciaba que el ejecutivo “espera que en breve culminen los trámites para la contratación de un despacho de abogados en Bélgica en defensa de los intereses de España, en relación con la demanda presentada contra el juez Llarena. La supuesta controversia está en determinar si la demanda interpuesta contra Llarena tiene origen en una causa ajena —y por tanto privada— o en su caso si está relacionada con su función jurisdiccional. La demanda señala al juez como parcial y refiere que el comentario que hizo sobre los investigados le muestra con prejuicios que violentan su independencia. 

No en vano, algunos medios de comunicación llamaron al juez “bocazas” y señalaban que no mereciera ningún tipo de apoyo institucional. Pero la generalidad de los juristas no le entendieron así. Es cierto que en un Estado de Derecho la ley tiene que ser igual para todos —jueces e investigados— y por lo tanto un acto contrario a derecho debe ser siempre perseguido. Si los investigados en la causa seguida contra el conocido “procés” consideran que ha existido parcialidad o trato arbitrario o injusto por parte del magistrado, el ordenamiento jurídico prevé los caminos para hacer valer su razón, con una denuncia motivada por prevaricación —como antes se denunció a jueces como Garzón, Elpidio Silva o Presencia Crespo— que seguiría los cauces legales, acabando en su caso en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con su oportuna condena o no a España. Sin embargo, la presente demanda en Bélgica es una excelente argucia legal, para intentar una recusación que con la ley española en la mano no tiene su sujeción. La maniobra no busca restituir el honor de los demandantes, sino desprestigiar todo el Poder Judicial español, deslegitimarlo y ridiculizarlo. 

Desprestigiarlo, con el fin de iniciar un proceso cuyo hecho controvertido es el aparente “honor” de los investigados, pero con el objetivo de instrumentalizarlo para intentar acreditar que en España la judicatura no es independiente. Deslegitimarlo, con el fin de hacer creer a la opinión pública que estamos ante una causa política y no jurídica. Y ridiculizarlo, con el fin de que el “cazador” termine cazado por quienes se escapan de sus requerimientos judiciales, poniendo la honorabilidad de todas nuestras instituciones a la altura del betún. La esencia de la soberanía nacional de todo un país recae en sus leyes, y por ende en la aplicación de las mismas. Así lo reconoce nuestra Constitución en su artículo 117.3: “El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes”. La Unión Europea reconoce la imparcialidad de la justicia de sus países miembros —artículo 6 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea o artículo 47 Carta Europea de Derechos Humanos—. 

Así, sorprende cómo el juez belga, antes de tomar ninguna decisión de admisión o inadmisión, no planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si tenía competencia para conocer sobre la demanda conforme el artículo 267 y siguientes del TFUE. Si la judicatura, institución encargada de velar por la estricta aplicación de la ley, se ve demandada en un país de nuestro entorno por supuesta parcialidad, y no es defendida por su poder Ejecutivo, máximo actor en defenderla, ¿dónde queda la soberanía del país? El mensaje es claro: o ese ejecutivo no cree en su judicatura y su independencia —y por tanto está de facto de acuerdo con las pretensiones de la demanda— o el Poder Judicial no le importa. Por todo lo expuesto, la rectificación del Gobierno de España apoyando al juez Llarena no sólo es adecuada sino necesaria y justa conforme recogen los tratados internacionales sobre protección a la jurisdicción interna de cada país. El Gobierno consigue así una acción clara de respeto a nuestras instituciones y a la soberanía de nuestro país. Tarde pero lo consigue, y nos trae tras este episodio a primera línea las sabias palabras de Julián Marías: “Las doctrinas falsas suelen buscar la imposición, las verdaderas prefieren justificarse”.

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