Coronavirus

Confinamiento Madrid: ¿Me puedo mover a otro municipio de la Comunidad?

Esta mañana se ha publicado en el BOE las medidas que se aplicaran en municipios de más de 100.000 habitantes que cumplan unas condiciones determinadas.

Confinamiento Madrid: ¿Me puedo mover a otro municipio de la Comunidad?
Confinamiento Madrid: ¿Me puedo mover a otro municipio de la Comunidad?

Esta mañana se ha publicado en el BOE las medidas que se aplicaran en municipios de más de 100.000 habitantes que cumplan unas condiciones determinadas. En primer lugar, que posean una incidencia acumulada de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes en un periodo de quince días. En segundo, deben tener una positividad superior al 10% en las PCR y finamente, disponer de un índice de ocupación por encima del 35% en las UCI a nivel autonómico. En estas condiciones está la capital de España, Madrid. Ante tal anuncio hay algunas dudas importantes que deben resolverse antes de que entren en vigor estas medidas extraordinarias.

Me puedo mover a otro municipio de la Comunidad de Madrid

La zona en la que está Madrid destaca por estar densamente poblada y formar parte de una serie de municipios que se fusionan sirviendo de refugio para los millones de personas que cada día se desplazan a la ciudad para trabajar o estudiar. Un total de diez ciudades de la Comunidad de Madrid cumplen las condiciones necesarias para ser confinadas.  El Ministerio de Sanidad envió a las Comunidades Autónomas la orden el miércoles a las 22:48 horas y las medidas se aplicarán pasadas 48 horas de esta notificación, por lo que estas diez ciudades tendrán que comenzar a implementarlas antes del viernes por la noche.

Este viernes a las 22:48 quedarán confinadas Madrid capital, Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés, Móstoles y Alcalá de Henares. No se podrá salir de ellas a menos que se tenga una causa justificada que entre dentro de las excepciones a las restricciones de movilidad. Es decir, no se podrá salir excepto para:

  • Cumplir con las obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Acudir a centros o servicios sanitarios.
  • Asistir a centros educativos, docentes o universitarios. También se incluyen las escuelas de educación infantil.
  • Volver al lugar de residencia habitual.
  • Para el cuidado de mayores, menores, personas dependientes o con discapacidad.
  • Para el desplazamiento a entidades financieras.
  • Renovar permisos o documentación oficial.
  • Realizar exámenes o pruebas oficiales.
  • Por actuaciones urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Por otra causa de fuerza mayor o de análoga naturaleza.

Dentro del mismo municipio sí que se podrán mover las personas, en cualquier circunstancia, de igual forma que lo hacían antes. Aunque las autoridades sanitarias recomiendan minimizar al máximo los desplazamientos para evitar cualquier posible contagio. Las restricciones se implementan para evitar la expansión del virus con una tasa demasiado alta, se ha llegado a un punto en el que se debe actuar.

La buena noticia es que los enfermos hospitalizados con coronavirus son menos que durante la primera ola, aunque la atención primaria es la que está sufriendo las consecuencias de una presión sanitaria demasiado grande. Se deben hacer test masivos para detectar posibles positivos, aislar y cumplir con el protocolo sanitario establecido. De lo contrario este esfuerzo de confinar a poblaciones grandes no habrá servido de nada. De momento, la movilidad queda reducida al máximo dentro de estos municipios de la Comunidad de Madrid de más de 100.000 habitantes.

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