Audiencia Nacional

El Gobierno tendrá que pagar 55.000 € a la familia de un asesinado por un preso en libertad condicional

La Audiencia Nacional condena al Ministerio del interior a pagar una indemnización a la familia del asesinado

El preso, un toxicómano en prisión en libertad condicional, asesinó a golpes a un hombre extremeño en 2016

Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior.
Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior.

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio del Interior a pagar 55.000 euros a la viuda y al hijo de un hombre que murió en Almendralejo (Badajoz) en un asesinato a manos de un preso toxicómano que estaba en libertad condicional. El departamento que lidera Fernando Grande-Marlaska (PSOE) se negó a indemnizar a los allegados de esa persona y ahora la Justicia, tal como desvela OKDIARIO, «reconoce el derecho de la viuda y su hijo a ser indemnizados en las sumas de 25.000 y 30.000 euros, respectivamente».

«Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la pareja de Alonso B. quien actúa en su propio nombre y en el de su hijo menor de edad contra la resolución de 15 de diciembre de 2021, del secretario general técnico del Ministerio del Interior, dictada por delegación del ministro del Interior, que acuerda desestimar por prescripción la reclamación de indemnización formulada, en concepto de responsabilidad patrimonial, por los daños ocasionados por el fallecimiento de Alonso B.», indica la sentencia.

Lejos de asumir la responsabilidad de que un preso que por error no estaba controlado correctamente por los Servicios Sociales Penitenciarios de Badajoz matase a un español, el equipo de Marlaska dio con la puerta en las narices a esta familia. No quería dar ni un céntimo y ha sido corregido por la Justicia. En todo caso, tal como ha podido saber OKDIARIO, la familia del asesinado va a acudir al Tribunal Supremo porque no está conforme con la forma de calcular la cuantía de la compensación económica.

La sentencia recoge que se declaró probado que la noche del 6 de diciembre de 2016 el acusado, mayor de edad y con antecedentes penales, y la víctima tomaban unas copas cuando el segundo decidió irse a casa. Así lo dejó plasmado en un whatsapp a su pareja a las 23:51. «En un momento sobre 00:30 horas del ya día 7 de diciembre, a la salida del local el acusado, con el ánimo de acabar con la vida de Alonso, le golpeó brutalmente varias veces en la cabeza, utilizando un vaso. Finalmente lo estranguló por cuello, llegando a romperle un aparato implantado en el cuello tras una traqueotomía».

«El ataque se produjo de forma traicionera, por detrás, de forma sorpresiva, aprovechándose el autor de la ingesta previa de alcohol de Alonso, lo que anuló cualquier posibilidad de defensa. El fallecimiento fue violento por la asfixia y las numerosas hemorragias», relata el texto. Tras compartir un concierto de flamenco, el toxicómano le exigió conducir a por drogas, a lo que se negó el asesinado.

El preso condenado por asesinato le robó a la víctima «las llaves del coche y el móvil, huyendo a toda prisa». Condujo hasta Badajoz, dándose varios golpes. Nunca tuvo carnet. El acusado se duchó y cambió de ropa en la casa de su tío. A la una, ese familiar llamó a comisaría informando del homicidio cometido por su sobrino. En las manos encontró sangre de la víctima. Sabía que su sobrino había sido condenado por robo con fuerza y conducir sin permiso, entre otros ilícitos. «El acusado se hallaba en situación de libertad condicional y era toxicómano al tiempo de cometer los hechos», remarca la Audiencia.

Fue condenado a 22 años y medio por asesinato y robo de vehículo, con agravante de reincidencia. Tras ello, la familia solicitó 300.000 euros al Gobierno como marcó la sentencia penal. El Ejecutivo de Pedro Sánchez se lo desestimó. Al abrirse el contencioso, la Abogacía del Estado ha pedido desestimar el recurso, porque supuestamente se había superado el plazo máximo para la presentación del escrito.

Lugar del asesinato, en Almendralejo.

El Estado ha alegado que «aprobada la propuesta de libertad condicional por auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Badajoz, a partir de este momento, los comportamientos de Lucas son estrictamente personales, y se ejecutan bajo su completa responsabilidad, sin que quepa predicar efecto vinculante a la Administración».

No cumplió las cautelares

La parte recurrente indica que «la reclamación se presentó en plazo, pues el computo se inicia el día siguiente al de la notificación de la firmeza».  En cuanto a la cuestión de fondo, alega que es necesario analizar las circunstancias en las que se produjo la libertad condicional: la peligrosidad del condenado, la adicción y si se hizo un seguimiento efectivo de las medidas cautelares una vez liberado el condenado.

«No parece que las medidas adoptadas fueran suficientes a la naturaleza del condenado por su peligrosidad, predisposición a la violencia, comportamiento en prisión y grave adicción a la cocaína. En absoluto hubo tal seguimiento. No cumplió las condiciones impuestas para recibir la libertad condicional. Ni pagó la responsabilidad civil, ni cumplió las visitas a prisión cada mes (no fue nunca), ni pasó por un plan de desintoxicación (sólo fue una vez). Absolutamente nada. Una grave conducta negligente con total dejación de funciones», resume el abogado Dionisio Fernando Benítez-Cano.

La sentencia indica que «no cabe sostener la ausencia de medidas de control» a la vista de un informe sobre el consumo de opiáceos, cocaína y cannabis. En todo caso, «en cuanto a la presentación mensual del penado en prisión, cierto es que no consta tal personación en los dos meses desde su libertad condicional y el asesinato».

«La Administración no ha evidenciado mínimamente las actuaciones para controlar el cumplimiento de la presentación mensual en prisión. Resulta relevante para apreciar la responsabilidad patrimonial de la Administración», indica.

Por último, se reduce la indemnización porque dar los 300.000 euros a quien perdió a su pareja y a su padre por un preso no controlado por Interior «sería atribuir la responsabilidad exclusiva de los daños a la Administración –prescindiendo de la voluntad delictiva del reo–». Por ello, «valorando todas las circunstancias expuestas, al igual que la edad del asesinado –47 años–, y de sus familiares –38 y 6 años, respectivamente–, así como los ingresos de la víctima», la Audiencia «fija prudencialmente la indemnización en 55.000 euros en total».

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