Vox se opone a la libertad de los presos electos porque deben ser suspendidos para cargo público

La acusación popular que ejerce Vox en el juicio a los líderes del proceso independentista catalán en el Tribunal Supremo se ha opuesto a que los cinco acusados que han resultado electos en los comicios del 28 de abril salgan en libertad y se suspenda el juicio en tanto se tramita un suplicatorio, al entender que deben ser suspendidos para desempeñar cargo pública.

Pedro Fernández y Javier Ortega Smith, de Vox (Foto: EP)
Pedro Fernández y Javier Ortega Smith, de Vox (Foto: EP)

Según han informado en fuentes jurídicas a Europa Press, en el escrito presentado por Vox ante el tribunal enjuiciador la formación argumenta que los acusados que han obtenido escaño en el Congreso tras las elecciones del 28 de abril deberían estar suspendidos para desempeñar cargo público al amparo del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se refiere al precepto según el cual, «firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».

Este fue el artículo que aplicó el instructor de la causa, Pablo Llarena, cuando en julio de 2018 cerró el sumario y ordenó la suspensión del cargo público que entonces ostentaban en el Parlament de Cataluña los acusados Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez, diputados autonómicos.

Sin embargo, no se ha dictado medida similar para su cargo como diputados del Congreso dado que aún no se han conformado las Cortes. Para Vox, este sería el camino, impedir a la luz de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que formasen parte del Hemiciclo.

La formación alega además que no se han visto modificadas las circunstancias que llevaron a los acusados a prisión provisional sin fianza y por tanto, rechazan su puesta en libertad.

Las defensas solicitaron este miércoles al tribunal la puesta en libertad de los cinco nuevos diputados «para ejercer con plenitud» las responsabilidades derivadas de esta condición. Pidieron asimismo que se solicitase permiso formal –suplicatorio– a las Cámaras para poder seguirles juzgando y, en consecuencia, que se suspendiera el juicio mientras éste se tramita.

La Fiscalía en contra

Ante tal requerimiento, el tribunal que preside el magistrado Manuel Marchena dio 24 horas a las partes -Abogacía del Estado, Fiscalía y Vox– para que se pronunciasen al respecto antes de tomar una decisión.

La Fiscalía también se ha pronunciado ya, con un escrito de 9 páginas en el que rechaza suspender el juicio para pedir el mencionado permiso formal porque no está previsto para aquellos supuestos en los que la adquisición de la condición de diputado o senador se produce una vez iniciado el juicio oral, en sentido estricto, o en fase de recursos posteriores a una sentencia.

En cuanto que la petición de libertad, argumenta que mantener la prisión preventiva es «proporcionado y no vulnera el derecho a la participación política de los acusados» puesto que la decisión de presentarse como candidatos es una manifestación de dicho derecho esencial y una muestra de que los acusados son plenos titulares del mismo.

Añade que el ejercido de ese derecho participativo solo se vería afectado «en la medida en que se pretenda su ejercicio de una manera incompatible con la situación cautelar de privación de libertad» que en este momento les afecta.

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