España
Ley de Amnistía

El Tribunal de Cuentas lleva la amnistía ante la Justicia de la UE: «Afecta a intereses europeos»

Este tribunal investiga el desvío de fondos para el referéndum ilegal del 1-O

El Tribunal de Cuentas lleva la Ley de Amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar que el desvío de fondos de la Generalitat de Cataluña para el referéndum ilegal del 1-O y para la acción exterior del desafío separatista por el que se encuentran encausadas 35 personas afecta a los intereses financieros de la UE. Entre los acusados se encuentra el líder de Junts y ex presidente fugado de la Generalitat, Carles Puigdemont. En un auto, la consejera de cuentas Elena Hernáez defiende plantear una cuestión prejudicial al tribunal europeo y pide también suspender el presente procedimiento «hasta la resolución del incidente prejudicial».

Elena Hernáez esgrime en su escrito que para el Tribunal de Cuentas es «muy difícil conciliar» la Ley de Amnistía con la «prevención de la impunidad del fraude y la corrupción» que persigue el derecho de la Unión Europea. Además, recalca que diversos preceptos de esta norma podrían dar lugar «precisamente, a la impunidad de las responsabilidades contables que, en su caso, se pudieran declarar por los hechos enjuiciados» en esta causa, que ahora se queda en suspenso tras esta decisión.

Fue el pasado mes de junio cuando la consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento preguntó a Fiscalía y defensas si elevaba esta cuestión. Entonces, explicó que podría consultar al TJUE en relación con una serie de artículos de la Ley de Amnistía «que podrían oponerse a la interpretación que el TJUE viene realizando de determinados preceptos del Derecho de la Unión Europea».

Elena Hernáez defendió también que los preceptos por los que podría plantear una cuestión prejudicial son los relativos a la «lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE», al «principio de cooperación leal», a los «principios de igualdad y de no discriminación» y a los «principios de seguridad jurídica y confianza legítima» y al «principio del Estado de Derecho».

El Supremo lo llevó al Constitucional

La semana pasada el Tribunal Supremo llevó la amnistía pactada por Pedro Sánchez con los partidos separatistas al Tribunal Constitucional. La Sala de lo Penal acordó promover una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 1 de la norma al considerar que vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley, así como los principios de seguridad jurídica y proscripción de la arbitrariedad que la Constitución española proclama; y que, subsidiariamente, pudiera vulnerar el principio de exclusividad jurisdiccional. El tribunal tomó esta decisión al examinar el recurso de un condenado por delito de desórdenes públicos agravados por unos hechos ocurridos en Gerona en octubre de 2019. La ley de Amnistía permitió a Sánchez conseguir los apoyos necesarios para lograr su investidura, principalmente los de ERC y Junts.

El Tribunal Supremo dictó un auto de 49 páginas en el que expuso que la amnistía «repugna al derecho constitucional a la igualdad ante la ley, resultando por entero arbitrarias las razones que se aducen para justificar el tratamiento claramente discriminatorio que la norma impone». «El sistema constitucional se sustituye por lo que gráficamente se ha denominado como una suerte de amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática, con el efecto añadido de introducir una suerte de factor criminógeno», añadió. Concluyó también que «no están ante un debate político de mayor o menor calado. Son los principios constitucionales y el sistema democrático mismo, -no tan fácil de conseguir y preservar como la perezosa costumbre suele hacernos creer-, los que están aquí en cuestión».

La Sala de lo Penal señaló que se habían «transgredido» los límites constitucionales y sostuvo que no alberga duda alguna acerca de la inconstitucionalidad de la amnistía, que ahora pretende recurrir el Tribunal de Cuentas. «No presentamos una duda, en el genuino sentido del término, interesando que la misma pueda ser despejada. Tenemos la absoluta convicción de que la norma cuestionada vulnera, al menos, los preceptos constitucionales que se dirán. Diferente y plenamente razonable en la estructura constitucional cuya protección a todos nos concierne, es que nuestro criterio, correcto o errado, no resulte decisivo. Es en exclusiva al Tribunal Constitucional a quien corresponde pronunciarse con eficacia al respecto», explicó en su auto.

Amnistiados dos concejales del PSC

La Audiencia de Barcelona ha aplicado la Ley de Amnistía a dos ex concejales del PSC de Pineda de Mar (Barcelona) que aceptaron un año de prisión por expulsar a policías nacionales que trataban de impedir el 1-O y se hospedaban en un hotel de la localidad. Se trata de Carmen Aragonés y Jordi Masnou.

Según el fallo judicial, unos 500 agentes de la Policía Nacional fueron alojados a finales de septiembre de 2017 en un hotel de Pineda hasta el 5 de octubre de 2017. Este hecho provocó que manifestantes separatistas se concentraran a las puertas del hotel. Aragonés y Masnou, entonces primera teniente de alcalde y segundo del municipio, entraron en el hotel para pedir al director que desalojara a los policías.

Durante este encuentro, quedó probado que coaccionaron al director afirmando que, de no hacerlo «tendría problemas en caso de solventar posibles deficiencias administrativas del hotel y que las licencias para ello podrían demorarse hasta 5 años».

Por temor a que se cumplieran estas represalias, el director escribió una carta en fecha 2 de octubre de 2017: «Debido a una reunión que hemos tenido con responsables del Ayuntamiento de Pineda de Mar nos vemos obligados bajo amenaza de cerrarnos los hoteles durante 5 años, a desalojar el contingente de Policías Nacionales de los dos hoteles, Checkin Mont-Palau y Checkin Pineda mañana».