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El socialista Vara mete el género ‘intersexual’ en los formularios para las ayudas de la PAC

La Junta de Extremadura, en manos del PSOE, incluye el género 'intersexual' en los documentos para solicitar las subvenciones agrarias.

El socialista Vara mete el género ‘intersexual’ en los formularios para las ayudas de la PAC
El presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.

El Gobierno de Extremadura, que preside Guillermo Fernández Vara (PSOE), ha incluido el género ‘intersexual’ en los formularios para solicitar las ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

Este género, también llamado tercer género, se refiere a aquellas personas que nacen con determinadas características biológicas, cromosomas o genitales, consideradas femeninas y otras, masculinas, de forma que resulta complicado asignar un sexo definido.

En los formularios electrónicos que los solicitantes deben rellenar para acceder a las subvenciones pueden elegir así entre sexo «femenino», «masculino» o «intersexual».

Hace unos días, el Congreso aprobó -con el rechazo del Partido Popular- una propuesta del PSOE sobre la ley para regular la inscripción registral de los menores transexuales, en la que se solicitaba que en el plazo de un año se remitiese a la Cámara un informe «sobre las eventuales modificaciones normativas a emprender, en su caso, para el reconocimiento del género no binario». 

En su propuesta, los socialistas querían permitir que los menores de 16 años que cambien de género y nombre en el Registro Civil sin necesidad de tener el permiso paterno.

En la iniciativa, proponían por ejemplo que, en los documentos de identidad, aquellos menores que no se sientan ni hombres ni mujeres pudiesen poner una X en el espacio reservado al sexo.

Concretamente, el PSOE proponía que la rectificación del sexo en el Registro Civil «no precise de más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada». Añadía que «toda persona de nacionalidad española y con capacidad suficiente para ello, podrá solicitar la rectificación de la mención registral del sexo».

Es decir, los mayores de 16 años podrían solicitarlo ellos mismos, mientras que los menores «podrán hacerlo a través de sus progenitores o representantes legales, precisándose en este caso la expresa conformidad del menor».

En caso de que estos se opusiesen, «los menores de edad podrán efectuar la solicitud a través del Ministerio Fiscal y resolverá un juez, teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor».

La ley se encontraba en debate de enmiendas, en fase de ponencia, pero la disolución de las Cortes ha provocado que decaiga.

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