Sánchez permite por ley a la cúpula de los partidos controlar las denuncias por corrupción
La ley de protección de los denunciantes de corrupción incorpora obligaciones para los partidos
El Gobierno colocará a un afín al frente del órgano «independiente» que recibe chivatazos de corrupción


La ley de protección del denunciante de corrupción, que recientemente ha entrado en vigor, incorpora como novedad la obligación de que los partidos políticos cuenten con un canal interno para facilitar las denuncias. La efectividad de este sistema, no obstante, está en entredicho, pues es la propia cúpula de la organización política la encargada de decidir sobre su responsable. Esta injerencia puede complicar, por ejemplo, que la propia denuncia prospere.
La ley explica en su exposición de motivos que esta obligación de contar con un «sistema interno de información» se ampara en el «singular papel constitucional que tienen estas organizaciones» -además de a los partidos políticos, se obliga a sindicatos, organizaciones empresariales y a las fundaciones que de los mismos dependan, siempre que reciban fondos públicos para su financiación-, «como manifestación del pluralismo político y vehículo de defensa y protección de los intereses económicos y sociales que les son propios».
«La existencia de casos de corrupción que han afectado a algunas de estas organizaciones incrementa la preocupación entre la ciudadanía por el recto funcionamiento de las instituciones, por lo que resulta indispensable exigir a estas organizaciones una actitud ejemplar que asiente la confianza en ellos de la sociedad, pues de ello depende en buena medida el adecuado funcionamiento del sistema democrático», reza el texto. La entrada en vigor de la norma coincide precisamente con la polémica por el caso Mediador, la trama de extorsión a empresarios liderada por el ex diputado del PSOE Juan Bernardo Fuentes Curbelo, alias el Tito Berni.
A través de este canal, los empleados e integrantes de la organización política podrán denunciar «cualquier indicio de infracción penal o administrativa grave o muy grave contra el interés general» lo que, sostiene el Gobierno, «facilitará la erradicación de cualquier sospecha de nepotismo, clientelismo, derroche de fondos públicos, financiación irregular u otras prácticas corruptas».
Se da la circunstancia, no obstante, de que ese canal estará dirigido por la propia organización. La norma no establece garantías reales de independencia y deposita en «el órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo» la responsabilidad de la implantación de este sistema.
La misma cúpula del partido político en cuestión «será competente para la designación de la persona física responsable» de su gestión, además «de su destitución o cese». Sólo se indica que «deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad u organismo, no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio, y deberá disponer de todos los medios personales y materiales necesarios para llevarlas a cabo».
Autoridad «independiente»
Como ya informó este periódico, la ley establece también la figura de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, un órgano estatal que, entre otras funciones, recibirá las denuncias anónimas de prácticas corruptas. Pese a definirse como «independiente», esta «autoridad» estará en realidad vinculada al Ministerio de Justicia y su presidente, con rango de subsecretario, será nombrado por real decreto a propuesta del ministro de turno «entre personas de reconocido prestigio y competencia profesional en el ámbito de las materias competencia de la Autoridad». Su nombramiento será ratificado por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, con la que ahora cuenta el Gobierno de coalición gracias al apoyo de separatistas y proetarras.
La Presidencia dispondrá de una Comisión, de carácter únicamente consultivo, integrada por representantes de distintos organismos, como el Tribunal de Cuentas y el Banco de España, además de la Abogacía del Estado, la Intervención General y la Agencia Tributaria. También se incluirá a otros dos representantes del Ministerio de Justicia «entre juristas de reconocida competencia».
Entre sus funciones, este organismo ejercerá como canal para recibir denuncias anónimas sobre posibles casos de corrupción. Cualquier persona podrá comunicar su información, a través de correo postal, medios electrónicos, teléfono o de forma presencial. La Autoridad «independiente» deberá dejar constancia de esa denuncia, bien con una grabación o transcripción de la conversación, e iniciar las actuaciones por parte de los funcionarios adscritos, que tendrán la consideración de agentes de la autoridad.
La ley habilita a cualquier persona a presentar una denuncia anónima sobre cualquier hecho que pueda ser constitutivo de infracción penal o administrativa, tanto en el sector público como privado.
Los denunciantes pueden ser así empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena, autónomos, accionistas, becarios o voluntarios, como se recoge en un amplio listado.
«Es que ya no engañan, señorías del PSOE, ¿cómo vamos a creer que el Gobierno quiere realmente luchar contra la corrupción y proteger al informante, creando una autoridad independiente que hay que controlar y orientar por criterios políticos y directrices de oportunidad?», denunció el diputado del PP Jesús Quintana durante el debate en el Congreso.