Querella contra los magistrados del Constitucional que ampararon a Chaves en el ‘caso ERE’
El abogado José Luis Mazón ya salió victorioso en otra acción judicial contra magistrados de la Corte de Garantías en 2004
Tres de los 7 magistrados del Constitucional que ‘amnistiarán’ a Chaves y Griñán están ligados al PSOE

El abogado José Luis Mazón, a través de la Asociación Preeminencia del Derecho, ha presentado este jueves una querella por prevaricación contra siete magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos su presidente Cándido Conde-Pumpido, por la sentencia que otorgó amparo al expresidente andaluz Manuel Chaves en el caso de los ERE de Andalucía. Precisamente esta semana la Audiencia de Sevilla cree que Pumpido pudo vulnerar el derecho de la UE en su borrado del caso. El órgano provincial plantea si el Constitucional se «extralimitó» e «invadió» ámbitos reservados a los jueces y pide a las partes que se pronuncien antes de presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE.
La querella, dirigida a la Sala Penal del Tribunal Supremo, se centra en la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de julio de 2024 que estimó parcialmente el recurso de amparo de Manuel Chaves, anulando su condena por prevaricación en relación con los fondos de los ERE y ordenando retrotraer el procedimiento.
Los magistrados querellados son Cándido Conde-Pumpido, Inmaculada Montalbán, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez Valcárcel, María Luisa Segoviano, Juan Carlos Campo y Laura Díez Bueso. La querella excluye expresamente a los cuatro magistrados que emitieron votos particulares discrepantes contra la decisión mayoritaria: Enrique Sancho, Arnaldo Alcubilla, César Tolosa y Concepción Espejel.
El letrado José Luis Mazón argumenta que la sentencia del Constitucional cometió prevaricación al invadir competencias exclusivas del Tribunal Supremo y revisar la valoración de pruebas, algo prohibido por el artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Sentencias del Supremo
Esta nueva acción legal se presenta después de que el Tribunal Supremo ya haya inadmitido recientemente querellas presentadas por Vox y Hazte Oír contra los mismos magistrados del Tribunal Constitucional por similares motivos. En aquella ocasión, el Alto Tribunal consideró que las sentencias dictadas por la Corte de Garantías respetaron los principios de «legalidad penal y separación de poderes».
El Supremo argumentó que el criterio adoptado por el Constitucional se resolvió «de manera argumentativa, sustentada en términos de legalidad constitucional, atinente al principio de legalidad penal que consagra el artículo 25 de la Constitución Española, así como al principio de separación de poderes; con observancia de un método interpretativo jurídico conforme a pautas asumidas», descartando que fuera una «radical y nuda arbitrariedad».
Votos particulares
La querella se fundamenta principalmente en el voto particular de la magistrada Concepción Espejel, quien criticó duramente la mayoría del Tribunal al considerar que «se ha creado un artificio común estereotipado que, desconociendo la doctrina que este tribunal ha venido manteniendo en otros recursos, ha llevado a dar cobertura legal a una trama criminal perfectamente descrita y analizada por el Tribunal Supremo».
Según Mazón, el Tribunal Constitucional habría invadido competencias propias del Tribunal Supremo para interpretar los tipos penales, valorar las pruebas y efectuar el juicio de subsunción, «orillando el canon pacíficamente aplicado en los recursos de amparo».
Victoria en 2004
No es la primera vez que el abogado Mazón protagoniza un choque entre el Tribunal Supremo y el Constitucional. En 2004, la Sala Civil del Supremo condenó al presidente y a diez magistrados del Tribunal Constitucional a indemnizar con 500 euros cada uno al propio letrado por haber rechazado sin examinarlo un recurso de amparo interpuesto contra una sentencia del Supremo que avaló la designación «a dedo» de los letrados del Constitucional.
Aquella sentencia, donde Mazón también fue el abogado demandante, marcó un precedente histórico en las relaciones entre ambos tribunales. Sin embargo, posteriormente el Tribunal Constitucional se «blindó» con la reforma de su Ley Orgánica en 2007, que estableció que «las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado».
Politización del Constitucional
La querella también cuestiona la imparcialidad de los magistrados por su supuesta vinculación con el PSOE, partido al que pertenecía Manuel Chaves. José Luis Mazón afirma en su escrito que «si al Constitucional de Cándido no se le paran los pies será la Cámara de Salvación en todos los asuntos sensibles del PSOE».
En todo caso, el Tribunal Supremo ya rechazó este argumento al inadmitir las querellas anteriores, señalando que «con independencia de la opinión negativa que pudiere merecer el sistema de designación y renovación de los miembros del Tribunal y la evolución de su aplicación y del debate público sobre la politización de la institución», todos los magistrados «fueron designados de conformidad con ese sistema y sus prescripciones legales».
La nueva querella, presentada este 20 de marzo de 2025, constituye un nuevo capítulo en las tensiones institucionales entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, así como en las polémicas judiciales derivadas del caso ERE, uno de los mayores escándalos de corrupción de la historia reciente de España que aún sigue generando consecuencias judiciales y políticas.