TRIBUNALES

Junqueras pide al Supremo la absolución de sus delitos tras la reforma del Código Penal

Junqueras Inhabilitación
Oriol Junqueras, ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña

El ex vicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, así como el ex consejero Raul Romeva y la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, han pedido este martes al tribunal que le condenó a 13 años de prisión e inhabilitación por el procés que le absuelva como consecuencia de la revisión de condena que el Tribunal Supremo (TS) debe llevar a cabo a causa de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación.

«Como el texto del Código Penal (CP) vigente es más favorable, al no prever responsabilidad penal para ninguna de las conductas por las que recayó condena en su día», dice Oriol Junqueras, el ex vicepresidente catalán, en su escrito de alegaciones

Como consecuencia de estos actos, su defensa pide al tribunal del ‘procés’ que  «revise la condena impuesta a mi mandante y dictar resolución por la que se declare la inexistencia de responsabilidad penal por los hechos probados descritos en la sentencia de 14 de octubre de 2019».

De esta manera, el ex vicepresidente, vuelve a denunciar «una aplicación imprevisible y desproporcionada de la reacción penal a hechos que se producen en ejercicio de derechos fundamentales, derechos que han sido violados o indebidamente limitados para la consecución de fines distintos de los que habilitarían dichas limitaciones».

Las alegaciones de estos tres condenados se suman a las formuladas este mismo martes por la defensa del expresidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart, que ha asegurado en su escrito que la revisión de su condena por la reforma del Código Penal que deroga la sedición no «repara» lo que él considera que ha sido la vulneración de una serie de derechos fundamentales e insiste en que seguirá con su demanda contra España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

En sus escritos, los letrados Andreu Van Den Eynde y Olga Arderiu sostienen que debe revocarse la condena por sedición, porque la «voluntad» del legislador ha sido derogar ese delito para equiparar el Código Penal español con el europeo, y también la de malversación, ya que aducen que en el 1-O no hubo ni ánimo de lucro ni un desvío de fondos a usos distintos a los previstos

El tribunal del 1-O deberá revisar las penas impuestas en 2019 para aplicar el Código Penal más favorable a los condenados, tal y como fija la propia norma en su artículo 2. Aunque el Supremo ha emplazado a las partes a que se pronuncien, será el tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena quien decida finalmente cómo queda la sentencia.

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