Ley Trans

Un informe de Montero sobre la ‘Ley Trans’ desprecia a los médicos: «No tiene sentido que intervengan»

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La ministra de Igualdad, Irene Montero.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La polémica Ley Trans, que permitirá a niños de 14 años cambiar su sexo en el registro sin necesidad de informes médicos, ha provocado las críticas entre la comunidad médica, donde denuncian que el Gobierno ha desoído sus advertencias ante una norma que puede suponer un riesgo para el «derecho a la salud de los niños». El texto prescinde por completo de la opinión de los profesionales. Y el informe remitido por Irene Montero al Congreso de los Diputados durante la tramitación de la ley -al que ha tenido acceso OKDIARIO- atestigua este desprecio al criterio médico: «Lo cierto es que no siendo la voluntad de cambio una patología no parece que tenga sentido que profesionales de la medicina o de la psicología intervengan para acreditar extremo alguno de esa voluntad», se recoge en la memoria de análisis de impacto normativo, dirigido desde el Gobierno a la Cámara Baja.

El informe admite que de la jurisprudencia al respecto «no se desprende que fuera contrario a los derechos fundamentales la exigencia de algún tipo certificado médico o psicológico que acreditara cierta estabilidad en la identidad sexual libremente definida por la persona». Pero, a continuación, sostiene que «cabría en cualquier caso plantear si esa exigencia, con sus connotaciones paternalistas, no podría suponer una injerencia injustificada en la autonomía de la voluntad individual». En este contexto, Montero defiende que «al margen de ese eventual debate jurídico-constitucional, y ateniéndonos únicamente al plano de las decisiones que, dentro del marco constitucional de opciones posibles, corresponde adoptar al prelegislador, lo cierto es que no siendo la voluntad de cambio una patología no parece que tenga sentido que profesionales de la medicina o de la psicología intervengan para acreditar extremo alguno de esa voluntad». 

Críticas

Como ha publicado OKDIARIO, numerosos profesionales se han mostrado críticos con la ley, que permitirá además la modificación de género a los niños de entre 12 y 14 años siempre y cuando tengan la autorización de un juez, encargado de examinar su madurez. Desde la Asociación Española de Psiquiatría de la Infancia y la Adolescencia (AEPNYA) han avisado de que supondría un riesgo para «el derecho a la salud de los niños», ya que se prescinde totalmente del circuito médico y de los profesionales que deben valorar la presencia de posibles patologías en los menores, y se han mostrado «altamente preocupados». Según esta organización, la norma debería contar con «un análisis de riesgos claro» y «tener en consideración la perspectiva, conocimiento y experiencia» de los médicos psiquiatras. No hacerlo, opinan, es «una negligencia grave institucional en el cuidado de los niños» y «un país civilizado no puede ignorar ese activo».

Polémica

La ley reconoce la «libre determinación de género» sin informes médicos ni tratamiento a partir de los 14 años y sin consentimiento de los padres ni limitación alguna a partir de los 16. Además, los menores de 12 años podrán cambiar de sexo en el registro. El Gobierno ha ignorado los informes críticos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado. El máximo órgano de los jueces pidió limitar la «autodeterminación» de género a los mayores de edad y exigir autorización judicial entre los 12 y 17 años.

El Consejo de Estado, por su parte, sostuvo también que el cambio de sexo no se puede sostener «sobre la base de una decisión libérrima de la persona, no sujeta a condicionante alguno» y los menores deben someterse a la valoración de un juez, que compruebe su «madurez para comprender y evaluar las consecuencias de su decisión» y vele por «su interés superior».

El Consejo de Estado consideró que el proceso «debería estar sujeto a una serie de condicionantes que asegurasen cierta estabilidad en la definición de la identidad sexual de la persona».

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