Éste es el momento en el que Feijóo recibe en su móvil la noticia de que Begoña Gómez irá a juicio
Feijóo se encontraba mirando la pantalla de su móvil cuando su expresión ha cambiado por completo
El juez Peinado manda a Begoña Gómez al banquillo para un juicio con jurado popular
El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha recibido la noticia de que el juez Peinado manda a Begoña Gómez al banquillo durante la sesión de control del Congreso de los Diputados de este miércoles. Feijóo se encontraba mirando la pantalla de su móvil cuando de la nada ha mostrado rostro de sorpresa tras leer la novedad sobre la mujer de Pedro Sánchez.
La resolución del juez incluye también a Cristina Álvarez, asistente de Gómez, y Francisco Martín, delegado del Gobierno en Madrid, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos.
El auto del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, consultado por OKDIARIO, cita a los investigados para «el próximo día 27 de septiembre de 2025, a las 18:00 horas». Las tres personas deberán comparecer personalmente a través de la Unidad Orgánica de Policía Judicial adscrita a estos Juzgados. Ahí se les informará de todas las novedades procesales
El magistrado fundamenta su decisión en que «se puede colegir con las leyes de la lógica y de la empírica que se cumple con el requisito de la verosimilitud de los hechos». Considera que «pudiéramos encontrarnos ante indicios racionales, fundados y sólidos de la comisión de hechos delictivos», lo que justifica el paso al siguiente estadio procesal.
¿De qué está acusada Begoña Gómez?
Begoña Gómez enfrenta acusaciones que incluyen malversación de fondos públicos en relación con su actividad en La Moncloa, así como delitos de tráfico de influencias, corrupción, apropiación indebida e intrusismo.
La investigación se centra especialmente en la contratación de su asesora Cristina Álvarez, quien presuntamente habría realizado tareas privadas para Gómez mientras desempeñaba funciones oficiales, incluyendo gestiones con patrocinadores y acompañamiento en actos institucionales.
El caso se tramitará ahora bajo la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado, que establece la competencia de esta institución para «el enjuiciamiento de los delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos». La malversación de caudales públicos está expresamente incluida en los artículos 432 a 434 del Código Penal como competencia del jurado popular.
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