Tribunales

España tendrá que pagar 26.000 euros a una testigo de Jehová por hacerle transfusiones de sangre

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a la Administración a indemnizarla por el "daño moral"

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Los médicos practican una cirugía en un hospital madrileño. (E.P.)
Paula M. Gonzálvez

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por el caso de una testigo de Jehová de Soria que recibió varias transfusiones de sangre en el quirófano. La Administración tendrá que pagar a la mujer 26.000 euros por costas y en concepto de «daño moral». Los magistrados de la corte de Estrasburgo entienden que se ha vulnerado el derecho a la vida privada y familiar y el derecho a la libertad religiosa de la demandante.

Fue en julio de 2017 cuando la mujer tuvo que someterse a una operación tras realizarse una serie de pruebas médicas, por lo que decidió dejar por escrito en dos documentos que no quería recibir ningún tipo de transfusión aunque su vida estuviera en peligro -los testigos de Jehová se niegan a aceptar transfusiones de sangre por mandato bíblico, indican, porque el Antiguo y el Nuevo Testamento manda abstenerse de ella, ya que, como detallan, representa algo sagrado para Dios-.

Casi un año después, ingresó en el Hospital de Soria con una hemorragia interna a consecuencia de una anemia grave. Los médicos le recomendaron entonces la transfusión de sangre, algo a lo que se negó nuevamente por escrito. Así constaba en el consentimiento informado del historial médico, firmado por el doctor y la paciente.

Su estado de salud empeoró y tuvo que ser trasladada de urgencia a un hospital de Madrid reconocido por sus tratamientos alternativos a transfusiones de sangre. Acudió al centro acompañada por un médico, con su historial, que transmitió al resto de sanitarios la gravedad del caso.

Los anestesistas contactaron con el juez de guardia para comunicarle la situación detalladamente y recibir indicaciones y el magistrado autorizó a los facultativos a practicarle todos los procedimientos que consideraran necesarios con el fin de salvar la vida de la paciente. La orden se emitió cuando la testigo de Jehová aún estaba «consciente y orientada», de camino al hospital.

Tres transfusiones

La intervención quirúrgica tuvo lugar ese mismo día y requirió tres transfusiones de células rojas. La mujer fue consciente de ello al despertar, dado que no se le comunicó la orden judicial.

La testigo de Jehová decidió llevar el caso a los tribunales españoles -alegó haber sido «ignorada»- sin éxito, razón por la que la causa escaló hasta el Constitucional con la misma suerte -rechazó el recurso de amparo- y, finalmente, se dirigió al TEDH.

La demandante reclamaba una indemnización de 45.000 euros por daños morales y, tras una vista pública el pasado mes de enero, el tribunal de Estrasburgo ha dado la razón a la demandante en el fallo revelado este martes. La resolución constata la violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos tras evaluar que «el proceso de toma de decisiones» seguido en este caso «no respetó suficientemente» la autonomía de la demandante.

«Sería deseable una mejor coordinación entre los hospitales de las distintas comunidades autónomas (…) Las autoridades nacionales y los médicos y jueces implicados no pueden esconderse detrás de los errores de otros, mucho menos acusar a la demandante de no haber cumplido sus obligaciones. Se deben aprender lecciones de cara al futuro», recoge la sentencia: «Es necesario que existan garantías procesales en el proceso que conduce a una decisión que afecta al derecho de una persona al respeto de su vida privada».

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