El ala izquierdista del Constitucional se une al fiscal general y aparta de la amnistía a un juez crítico
La mayoría progubernamental del Tribunal Constitucional aparta a José María Macías del debate sobre la amnistía
La mayoría de izquierdas del Tribunal Constitucional liderada por Cándido Conde-Pumpido ha estimado la recusación presentada por la Fiscalía contra el magistrado José María Macías, apartándolo de las deliberaciones sobre la Ley de Amnistía. La decisión se ha tomado con 6 votos a favor y 4 en contra. La recusación, firmada por el fiscal general del Estado -Álvaro García Ortiz-, se fundamenta en que Macías se había pronunciado anteriormente sobre la ley de amnistía cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), lo que comprometería su imparcialidad. En otros casos similares no se había aceptado ese argumento. Sólo se apartaba a magistrados que habían firmado textos con validez legal en relación a las leyes impugnadas.
Aunque la recusación se presentó específicamente para la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, se prevé que la decisión se extienda a todas las impugnaciones contra la Ley de Amnistía. Para ello, se contemplan varias opciones, siendo la más sencilla que Macías se abstenga voluntariamente.
El magistrado recusado se opuso a su apartamiento, argumentando que esto socavaría el «principio de pluralismo político» del tribunal y constituiría una «manipulación ideológica» de su composición. En sus alegaciones, Macías sostenía que se le recusaba no por haber expresado una opinión, sino por tenerla.
Con esta decisión, Macías se convierte en el segundo magistrado apartado del debate sobre la amnistía, después de que Juan Carlos Campo se abstuviera. El ex ministro había dejado por escrito que la amnistía era «claramente inconstitucional» en los informes favorables a indultar a los condenados por el procés.
Anteriormente, el Constitucional había rechazado las recusaciones presentadas por el PP contra el presidente Cándido Conde-Pumpido y la magistrada Laura Díez, así como una petición extemporánea de la Abogacía del Estado para recusar a Macías.
El proceso se inició el 3 de diciembre, cuando el Pleno acordó, también por 6 votos contra 4, abrir una pieza separada para analizar la recusación de Macías. La ponencia recayó en la magistrada del ala izquierdista y vicepresidenta de la Corte de Garantías, Inmaculada Montalbán.
Fuentes del Constitucional venían posible que el propio Macías se abstuviera pero no ha sido así. El magistrado recusado se opuso firmemente a su apartamiento. En un escrito de alegaciones, Macías argumentaba que esto socavaría el «principio de pluralismo político» del tribunal y constituiría una «manipulación ideológica» de su composición. Sostenía que se le recusaba no por haber expresado una opinión, sino por tenerla y por «presumir» que la pudiera mantener.
Alegaciones
En sus alegaciones contra la recusación, Macías desarrolló una defensa detallada de su posición. Recordó que fue nombrado magistrado del TC con «el apoyo conjunto de los grupos parlamentarios Socialista y Popular» y que se ha pronunciado sobre «los temas más diversos». «No he llegado a este tribunal con la mente vacía», expresó.
El magistrado advirtió que aceptar su recusación podría tener consecuencias más allá de este caso concreto. Argumentó que esto podría tener «un indudable efecto disuasorio en el ejercicio de las funciones de vocal del CGPJ», ya que los vocales podrían verse limitados en el ejercicio de sus funciones por temor a futuras recusaciones.
Sobre la cuestión de la ideología, Macías citó jurisprudencia del propio Constitucional que estableció en 1988 que «una afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad». Defendió que «el perfil ideológico y jurídicamente heterogéneo es lo que contribuye a conformar el Tribunal» y que los magistrados son designados precisamente por sus ideas y opiniones previas.
Caso del aborto
Para reforzar su posición, Macías comparó su caso con el de la magistrada Concepción Espejel, quien pidió apartarse del debate sobre la ley del aborto por haber ejercido funciones consultivas en el CGPJ. El tribunal rechazó entonces su abstención, y Macías argumenta que los mismos criterios deberían aplicarse a su caso.
El magistrado también subrayó que su participación en el informe del CGPJ sobre la amnistía fue «un acto debido» y no voluntario, ya que se emitió a petición de la Presidencia del Senado. Además, señaló que ninguna de las opiniones vertidas en dicho informe fue incorporada al texto final de la ley.
Finalmente, Macías destacó varios factores que consideraba relevantes: que se trata de una cuestión de inconstitucionalidad sin intereses de parte, que la recusación proviene del fiscal general del Estado, y que su apartamiento significaría retirar a un magistrado no sustituible por actuaciones realizadas en el ejercicio de otra función constitucional.
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