La Seguridad Social lo confirma: si el jefe te escribe fuera de horario está obligado a pagarte las horas extra
La Inspección de Trabajo advierte de que el contacto por WhatsApp o mail tras la jornada rompe el derecho a la desconexión
Si el empleado responde a estos mensajes, la empresa debe computar ese tiempo como jornada efectiva y remunerarlo
La Seguridad Social lo confirma: los pensionistas no tendrán que devolver la subida de enero
Se acabó eso de que el jefe envíe un WhatsApp un domingo o a las diez de la noche y no pase nada. La Seguridad Social ha sido tajante: cualquier comunicación laboral fuera del horario establecido no sólo vulnera el derecho a la desconexión digital, sino que, si el trabajador responde, ese tiempo debe ser considerado hora extraordinaria y, por tanto, pagarse como tal.
La barrera entre la vida personal y el trabajo es cada vez más delgada debido al uso constante del móvil. Sin embargo, la normativa actual es clara al respecto. Según ha recordado recientemente Ana Ercoreca, inspectora de trabajo y de la Seguridad Social, las empresas que contactan con sus empleados fuera de su turno están cometiendo una infracción que puede acarrear sanciones económicas.
El WhatsApp también es «trabajo»
Muchos empresarios y trabajadores tienen normalizado el envío de correos o mensajes de texto para «adelantar faena» o consultar dudas rápidas. Lo que muchos desconocen es que esta práctica supone una intervención en el tiempo de descanso del empleado.
Si el trabajador decide contestar a ese mensaje, el cronómetro de la jornada laboral se activa de nuevo. Ese tiempo dedicado a resolver la duda o realizar la gestión solicitada se convierte automáticamente en tiempo de trabajo efectivo que debe ser registrado y abonado.
Multas para las empresas y registro de jornada
La obligatoriedad del registro de jornada es la herramienta clave para que la Seguridad Social controle estos abusos. Si una empresa no respeta el descanso y no paga ese exceso de jornada, se enfrenta a multas que pueden ser elevadas, dependiendo de la gravedad y la reiteración.
- Derecho a no responder: el empleado tiene pleno derecho a no contestar hasta que empiece su próxima jornada laboral.
- Carga de la prueba: los mensajes recibidos sirven como prueba ante una posible denuncia en la Inspección de Trabajo.
En resumen, la flexibilidad no puede ser una excusa para la disponibilidad 24/7. Si hay mensaje y hay respuesta, hay factura.
Lo último en Economía
-
Cambio oficial en el subsidio para mayores de 52 años: no volverá a ser como siempre
-
Ni pelusas ni restregones: la joya oculta de la sección de limpieza de Mercadona para unos espejos de revista
-
Es mejor cobrar 12 o 14 pagas: la ciencia lo ha comprobado y esto es lo que dice
-
La seguridad Social lo deja claro: no basta con 15 años cotizados y si no tienes esto, olvídate de tu pensión
-
Ni las Digestive ni las de avena: un nutricionista revela cuál es la galleta más saludable de Mercadona
Últimas noticias
-
El Real Mallorca fulimina a Jagoba Arrasate como entrenador del equipo bermellón
-
Ni torrijas ni rosquillas: el manjar típico de cuaresma que solo existe en Madrid y solo es apto para golosos
-
Marlaska coloca como alto cargo de la Policía Científica al comisario que quiso tapar la boca a la víctima del DAO
-
Los audios que prueban que el marido de la juez de la DANA interrogó a las víctimas: «¿Recuerda cuándo le avisan de que Paiporta se estaba inundando?»
-
Cambio oficial en el subsidio para mayores de 52 años: no volverá a ser como siempre