La salida a bolsa de Bankia llega a juicio siete años después
Tras más de cinco años de instrucción, este lunes arranca en la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid) el juicio por las supuestas irregularidades en el estreno bursátil de la entidad
Sentará en el banquillo de los acusados a 34 personas físicas y jurídicas
La salida de Bolsa de Bankia llega a juicio siete años después de pisar el parqué. Tras más de cinco años de instrucción, este lunes arranca en la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid) el juicio por las supuestas irregularidades en el estreno bursátil de la entidad financiera el 20 de julio de 2011, que sentará en el banquillo de los acusados a 34 personas físicas y jurídicas, entre las que se encuentran la propia Bankia y su matriz BFA.
Las acusaciones populares son la Fiscalía Anticorrupción, el Abogado del Estado (en representación del Frob), la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) y la Confederación General del Trabajo (CGT). Se da la circunstancia de que la Fiscalía no acusa a los 34 investigados, sino que sólo dirige sus actuaciones contra cuatro personas: el expresidente y el exvicepresidente de Bankia, Rodrigo Rato y José Luis Olivas, y los exconsejeros José Manuel Fernández Norniella y Francisco Verdú Pons.
Para el Ministerio Público, es la antigua cúpula de la entidad la culpable en este procedimiento por no reflejar la imagen fiel del banco con el fin de obtener «a toda costa» los fondos necesarios para cubrir las exigencias de capital.
Proceso de devolución
Por su parte, entre las acusaciones particulares de minoristas que perdieron su dinero con la salida a Bolsa de la entidad, se encuentran la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec), el grupo ciudadano 15MpaRato y otros afectados.
En cuanto al supuesto perjuicio por el que se acusa, Bankia abrió en febrero de 2016 un proceso de devolución de la inversión por la salida a Bolsa a los accionistas minoristas que invirtieron en la oferta pública de suscripción de acciones que la entidad realizó en julio de 2011. Del total de 11.000 particulares que se querellan contra la entidad, el 98% recibió el dinero invertido más los intereses legales, y solo quedan pendientes de obtener lo perdido un máximo de 168 personas, cuyo importe a devolver es algo inferior a dos millones de euros.
Según sostiene el banco en su escrito de defensa, todos los accionistas minoristas tuvieron la oportunidad de solicitar la devolución del 100% de lo invertido y, en cualquier caso, ha presentado un escrito para que la Sala le autorice a abrir una cuenta para devolver el dinero a esas 168 personas.
Por otro lado, la entidad pone en duda la legitimidad de las personas físicas que forman parte de la acusación particular, por lo que ha reclamado a la Audiencia Nacional que exija el título de legitimidad a todas las acusaciones.
Aunque Bankia defiende que solo son estos 168 usuarios los que están legitimados para personarse en el juicio penal, Adicae asegura que los pequeños accionistas, hayan recuperado su dinero o no, «pueden mantener sus acusaciones penales para el esclarecimiento de los hechos y la exigencia de responsabilidades».
¿Falsedad de cuentas y estafa?
Respecto a la acusación de falsedad de cuentas y estafa, Bankia se defiende en que la información financiera del folleto de salida a Bolsa fue debidamente auditada por Deloitte, pero estaba referida al ejercicio 2010 de BFA y a la intermedia trimestral de 31 de marzo de Bankia.
Así, pese a no contener las cuentas anuales auditadas correspondientes a los tres ejercicios anteriores, la CNMV autorizó que la emisión fuera aprobada, justificado en que Bankia no tenía tal antigüedad en ese momento. También fue ratificado por los peritos judiciales.
«Toda esta información financiera incluida en el folleto informativo y aceptada por la CNMV reflejaba la imagen fiel del patrimonio de Bankia en la fecha de salida a Bolsa», de acuerdo al escrito de defensa de la entidad.
Cuentas de 2011
Meses después del debut bursátil, se enviaron a la CNMV unas cuentas anuales relativas al ejercicio completo 2011 de Bankia que arrojaban un beneficio de 309 millones de euros.
Las primeras cuentas presentadas no fueron firmadas por el auditor debido a que el Real Decreto-ley 2/2012, conocido como Guindos I, exigía a la entidad enviar al Banco de España un plan de viabilidad. Mientras se encontraba a la espera de la respuesta del supervisor, la entrada en vigor de Guindos II, la crisis de liquidez derivada de los problemas con el euro que se dio por aquel entonces y la consecuente pérdida de valor de los activos, motivó que el banco reflexionase sobre llevar a cabo una reformulación de las mismas.
Bankia explica en su defensa que el valor de sus activos ya no era el mismo, de forma que el consejo de administración aprueba unas nuevas cuentas reformuladas que arrojan unas pérdidas contables de 3.000 millones de euros. Estas cuentas reformuladas fueron aprobadas por el consejo de administración de la entidad el 25 de mayo de 2012.
«Con independencia de la opinión que cada uno pueda tener sobre las cuentas reformuladas, la verdad procesal sentada en este procedemiento es que esas cuentas no son falsas», recalca el banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri.
En julio de 2012, UPyD se querella contra el banco y se inicia un periodo de instrucción. En diciembre de 2014, los informes de los peritos judiciales Víctor Sánchez Nogueras y Antonio Busquets Oto tachan las cuentas de «falsas» y en noviembre de 2017 el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu decide abrir el juicio oral.
Bankia critica que el auto de apertura se basa, única y exclusivamente, en los informes elaborados por los peritos, cuando existen en la causa «otros muchos informes periciales» en los que se pone de manifiesto que dichos peritos incurrieron en errores y que llegan a conclusiones «totalmente contrapuestas».
Los controles internos, ¿suficientes?
Para que una persona jurídica pueda ser imputada por un delito penal, debe demostrarse que no tenía los procedimientos ni los controles suficientes para evitar el riesgo de que sus empleados cometieran dicho delito.
En su escrito, Bankia argumenta que, en su condición de entidad financiera regulada y sometida a la supervisión de organismos reguladores como Banco de España o la CNMV, su actividad está sujeta a una extensa normativa comunitaria, estatal y autonómica.
Además, el banco asegura que asumió como propias las múltiples herramientas, políticas, protocolos y circulares internas ya existentes en Caja Madrid y las impuso a sus empleados, por lo que sostiene que no se encuentra ante un supuesto de «inexistencia de cualquier case de herramientas de control», por lo que no puede atribuirse responsabilidad penal a Bankia por una «total falta de medidas de vigilancia y control para prevenir la comisión de delitos por las personas físicas», como sostiene la acusación particular.