El Popular alega falta de competencia de España en demandas de accionistas

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Banco Popular

Los accionistas del Banco Popular que emprendieron acciones civiles contra la pérdida de sus inversiones han comenzado a recibir las respuestas de la entidad, que alega la falta de competencia de los tribunales nacionales para pronunciarse acerca de una operación ejecutada a instancias de Europa.

Según fuentes jurídicas, la defensa de la entidad, que ejerce el despacho de abogados Pérez Llorca, ya ha presentado en los juzgados diversas declinatorias a estudiar por los magistrados, que deberán ahora analizar si aceptan su competencia.

Así figura en un escrito al que ha tenido acceso la agencia Efe, en el Popular explica que el juzgado de Primera Instancia al que se dirige «carece de jurisdicción internacional para enjuiciar y resolver este procedimiento» ya que el órgano al que le correspondería estudiar la demanda es el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE).

El Popular asegura que no tomó decisiones sobre las acciones y bonos

Sobre la amortización o reducción a cero de todas las acciones y bonos de la entidad por la operación, el Popular explica que no tomó ninguna decisión al respecto, sino que fue «objeto de las adoptadas por las autoridades europeas de supervisión», esto es, la Junta Única de Resolución (JUR), después ejecutada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

Unas medidas destinadas a «asegurar la continuidad de los servicios financieros, evitar que se consuman recursos de los contribuyentes y proteger a los depositantes», prosigue el texto, que remite a la normativa europea.

El Popular, que entiende que la demanda pretende anular todo el dispositivo de resolución, expone que el contenido de ésta es competencia «exclusiva y excluyente» de los tribunales de la Unión Europea, en particular del TGUE en primera instancia, y del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), en casación.

Mientras que, de forma subsidiaria, los reproches a la ejecución por parte del FROB habrían de revisarse en contencioso-administrativo.

Argumentos que ya han sido contestados por el abogado Felipe Izquierdo, que aclara que la demanda pretende solicitar la nulidad por error o vicio en el consentimiento de la compra de acciones del Popular en la ampliación de capital de 2016.

El documento critica que el banco emplee «tan inútil argumento defensivo y dilatorio» que contradice los principios de la buena fe, haciendo «flaco favor a su imagen reputacional» especialmente después de que el Santander, que adquirió el negocio por un simbólico euro, haya lanzado una campaña de canje de acciones de la ampliación por bonos de fidelización.

 

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