Palo del Supremo a las empresas: vas a cobrar más si en tu trabajo hacen esto
Las empresas deberán pagar un 10% extra a los trabajadores si la nómina se ingresa más tarde de lo acordado
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Cuando una empresa comete un error al pagarte el sueldo, no suele pasar nada más allá de un ajuste posterior. Pero ahora una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha encendido todas las alarmas en las empresas, porque reconoce el derecho de los trabajadores no sólo a cobrar lo que se les debe, sino también un interés del 10% si se ha producido un retraso en el abono de sus salarios. Y además, el porcentaje se aplica automáticamente, aunque la empresa alegue que tenía dudas razonables.
Ha sido en Barcelona, donde 33 médicos lograron un fallo histórico tras denunciar que no se les pagó correctamente el salario durante sus vacaciones. No les incluyeron las guardias ni los pluses por festivos, un error más común de lo que parece. Tras llevar el caso a los tribunales, no sólo han conseguido que se les pague la diferencia, sino que el Supremo obligue a la empresa a abonarles casi 90.000 euros extra en concepto de interés de demora. Un varapalo que, sin duda, marca un antes y un después en las relaciones laborales.
Este tipo de sentencias no sólo afecta a los protagonistas del caso, sino que abre la puerta a que otros trabajadores reclamen lo mismo si han vivido situaciones similares en las que se les haya pagado tarde lo que les corresponde. Así, en un contexto en el que cada céntimo cuenta, esta sentencia del Supremo puede suponer un alivio para muchas personas que han sentido que su esfuerzo frente a las empresas, no ha sido reconocido como se debía.
Palo del Supremo a las empresas: cómo cobrar más si en tu trabajo hacen esto
El caso ha sido sonado, no sólo por el número de trabajadores afectados, sino por lo contundente del fallo. Los médicos denunciaron que, al calcular su salario en vacaciones, no se les había tenido en cuenta las guardias realizadas ni los pluses por trabajar en festivos. Esto suponía una merma económica evidente, y decidieron llevarlo a los tribunales. El Tribunal Supremo no solo les ha dado la razón, sino que ha ordenado a la empresa que les pague 183.166,96 euros en salarios mal calculados y, además, 89.758,84 euros en concepto de interés por mora.
El interés está recogido en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que, en caso de deuda salarial, se debe aplicar un interés del 10% sobre lo adeudado. El Supremo ha dejado muy claro que este porcentaje debe aplicarse de forma automática, incluso aunque el caso sea complejo o haya dudas razonables por parte de la empresa. La única excepción a esta norma sería en casos extraordinarios, como si hay leyes que limiten el gasto público o si una norma ha sido declarada inconstitucional. Como no se daba ninguna de estas situaciones, la empresa ha tenido que asumir el coste.
Qué significa para ti esta decisión del Supremo
Lo más relevante de este fallo no es sólo lo que dice, sino cómo puede afectarte directamente a ti. Hasta ahora, muchas personas aceptaban errores en sus nóminas o retrasos en el pago del sueldo sin reclamar. Algunos por desconocimiento, otros por miedo a perder su empleo o crear mal ambiente en la empresa. Pero esta sentencia confirma que el salario es un derecho protegido, y si no se paga correctamente, el trabajador puede, y debe, reclamarlo… con intereses incluidos.
Eso sí, hay algunas condiciones importantes. Para que se aplique el interés del 10% por mora, tiene que tratarse de salario debido (no vale para indemnizaciones ni finiquitos) y el retraso tiene que ser imputable al empresario, es decir, no debe estar motivado por causas de fuerza mayor. Además, el juez debe respaldar la reclamación. Es decir, si tu empresa se retrasa o calcula mal lo que te debe (por ejemplo, no incluir guardias, pluses o complementos en vacaciones), puedes reclamar no solo lo que te falta, sino también ese extra del 10%. Pero tendrás que hacerlo por la vía judicial.
El interés por mora
Uno de los aspectos más interesantes de esta resolución es que pone el foco en una herramienta legal poco utilizada por los trabajadores: el interés por mora. Pocas personas saben que pueden reclamarlo, y muchas empresas juegan con eso. Este interés, que puede parecer pequeño, tiene un impacto directo en el bolsillo. En este caso, ha supuesto casi 90.000 euros adicionales, o lo que es lo mismo, más de 8.200 euros por médico.
¿Te han pagado tarde una nómina? ¿No te han incluido ciertos complementos salariales? ¿Has trabajado festivos pero no se ha visto reflejado en tu nómina? Entonces tienes derecho a reclamar lo que se te debe de interés por mora, aunque debes saber que el recargo no se aplica de forma automática si tú no lo pides. De hecho, es mejor que busques asesoramiento legal ya que vas a tener que reclamarlo judicialmente, y el juez será quien determine si te corresponde.
Cómo reclamar si estás en una situación similar
Si crees que te han pagado mal o tarde, lo primero es revisar tus nóminas y comprobar si falta algún complemento o si el cálculo de tus vacaciones ha sido correcto. Si detectas un error, lo ideal es comunicarlo por escrito a la empresa y solicitar una regularización. Si no obtienes respuesta o no estás de acuerdo con su versión, puedes acudir a un abogado laboralista o al sindicato correspondiente.
Recuerda que el interés del 10% sólo se aplica sobre salarios, no sobre indemnizaciones, y que el retraso debe ser responsabilidad de la empresa. Además, el plazo para reclamar suele ser de un año desde que se produjo el impago o la infracción. En muchos casos, una simple reclamación puede bastar para que la empresa rectifique. Pero si no lo hace, tienes el respaldo legal necesario para acudir a los tribunales y exigir lo que te corresponde… con intereses.