Lo que debes saber sobre la declaración de la renta si has tenido dos pagadores este año
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Con lo cara que está la vida, muchas personas se ven obligadas a tener al menos dos trabajos diferentes para poder llegar a fin de mes, o quizás para ganar algo más y así tener un extra con el que darse algún que otro capricho cada mes, que bien se merece. Te contamos lo que debes saber si vas a hacer la declaración de la Renta con dos pagadores durante el pasado 2022 y que así no te surja ningún problema en el caso de exceder las cantidades permitidas.
El límite de ingresos para hacer la Renta con dos pagadores
Aunque a partir del próximo año se modificará, en la Renta de este año se mantienen los límites de ingresos de años anteriores en lo que a tener dos pagadores se refiere, estando fijado para la Renta 2022 en 14.000 euros. Tal y como destaca la Agencia Tributaria y se expone en el artículo 59 del BOE sobre la Reducción del IRPF a trabajadores y pensionistas, la extensión del máximo de ingresos al tener dos pagadores será de 15.000 euros, a partir de la campaña de la Renta 2023-2024, es decir, la que se haga en 2024 con los datos de 2023.
Esa diferencia de mil euros es uno de los cambios realizados por el Gobierno y que entrarán en vigor a partir de la campaña del próximo año, es decir, cuando se tenga que realizar la Declaración de la Renta 2023 con los datos de este 2023.
Campaña de la Renta 2022-2023
El próximo 11 de abril se abre el plazo para realizar la declaración de la Renta 2022, justo el primer día laborable tras las vacaciones de Semana Santa, y terminará el 30 de junio. Dentro de ese plazo hay otros plazos adicionales en función del método elegido para presentar la declaración:
- Renta Web: si vas a presentar la declaración a través de la web de la Agencia Tributaria, puedes hacerlo del 11 de abril al 30 de junio.
- Teléfono: en el caso de que quieras hacer la declaración por vía telefónica, podrás hacerlo del 5 de mayo al 30 de junio, eso sí, debes tener en cuenta que hay que solicitar cita previa entre el 2 de mayo y el 29 de junio.
- Presencial: si quieres hacer la declaración directamente en las oficinas de Hacienda para que te ayuden en todo lo necesario, los plazos marcados para hacerlo son del 1 al 30 de junio. Por supuesto, debes pedir cita previa, en este caso entre el 25 de mayo y el 29 de junio.
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