La Justicia europea dictamina que España discrimina a las trabajadoras del hogar por negarles el paro
El Gobierno aprobará este martes el alza del SMI a 1.000 euros con efectos desde el 1 de enero
Europa reprende a Sánchez por negar el paro a las empleadas del hogar: «Es discriminatorio»
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que la exclusión de las trabajadoras del hogar de las prestaciones por desempleo que recoge la normativa en España es contraria al derecho de la Unión y ha considerado que, dado que estos profesionales son «casi exclusivamente» mujeres, esta norma constituye una discriminación indirecta por razón de sexo.
«Esta exclusión entraña una mayor desprotección social de los empleados del hogar, que se traduce en una situación de desamparo social», ha concluido el Tribunal de Justicia europeo en su sentencia, en línea con las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE del pasado septiembre.
El su dictamen, el Tribunal europeo ha tenido en consideración que en España el 95% de las trabajadoras del hogar son mujeres, por lo que ha apuntado que esta normativa nacional perjudica especialmente a las mujeres y entraña «una discriminación indirecta por razón de sexto contraria a la directiva». Así considera que la ley española coloca a las mujeres en desventaja con respecto a personas de otros sexos.
El asunto fue elevado al tribunal de Luxemburgo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo, que pide al TUE que interprete la directiva sobre igualdad en materia de seguridad social para determinar si existe una discriminación indirecta por razón de sexo. El TUE ha concluido que todos los trabajadores por cuenta ajena inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social tienen derecho a las prestaciones por desempleo, incluidos los empleados del hogar.
Respecto a las alegaciones del Gobierno español y de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre que esta exclusión busca mantener las tasas de empleo y luchar contra el trabajo ilegal y el fraude contra la Seguridad Social, la Justicia europea ha estimado que la normativa española no es «adecuada» para alcanzar esos objetivos ya que opina «no parece aplicarse de manera coherente».
Además, el Tribunal de Justicia ha puesto de relieve la falta de motivos que justifiquen la exclusión de los trabajadores del hogar de la prestación por desempleo respecto a otros colectivos de trabajadores que también desarrollan su relación laboral a domicilio y para particulares y que, además, presentan características similares respecto a tasas de paro, remuneración o cualificación. Razones por las que ha estimado que estos colectivos presentan riesgos similares.
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