Economía
LOS PARADOS TENDRÁN QUE HACER LA RENTA

Golpe final de Hacienda: no habrá paz y puedes perder un dineral

El golpe de Hacienda a los parados que tendrán que hacer la declaración de la renta

El próximo 1 de noviembre entra en vigor el Real Decreto-ley 2/2024 aprobado el pasado 21 de mayo y que supone una gran revolución en los subsidios de desempleo. Lo que parecía ser una estrategia de Yolanda Díaz para facilitar el acceso a estas prestaciones a los desempleados, como viene siendo habitual, se le ha acabado volviendo en contra porque la letra pequeña de esta norma dice que los parados tendrán que presentar la declaración de la renta independientemente de sus ingresos. Una noticia que ha supuesto un golpe de Hacienda a los más desfavorecidos.

La historia tiene su miga. El pasado mes de mayo, el Consejo de Ministros a petición del Ministerio de Trabajo y Economía Social liderado por Yolanda Díaz aprobó un nuevo paquete de medidas que suponían toda una revolución en lo que a subsidios de desempleo se refiere. Esta norma eliminaba algunas ayudas y las englobaba en otras para una mejor accesibilidad y también se incrementó algunos subsidios durante un pequeño laxo de tiempo con el objetivo de facilitar la reinserción laboral de las personas. Al menos esa era la teoría.

Este nuevo paquete de medidas, que ya generó algo de polémica en su día, ha vuelto a causar revuelo a pocos días de su entrada en vigor después de que se haya confirmado que los desempleados a partir del 1 de noviembre tendrán que declarar el IRPF anual en la campaña de la declaración de la renta. Esto, lógicamente, será un inconveniente para las personas que están fuera del mercado laboral y que tendrán que realizar esta acción bajo amenaza de pode perder las prestación.

Yolanda Díaz en una comparecencia pública.

El golpe de Hacienda a los desempleados

Este golpe de Hacienda a los desempleados ya estaba publicado en el Boletín Oficial del Estado pero ha sido a pocos días de la introducción del paquete de medidas cuando se ha convertido en tendencia. Así que ahora tendrán que presentar la declaración de la renta independientemente de los ingresos y la penalización si no cumplen es que perderán el subsidio de forma íntegra.

La modificación en lo que respecta a la obligatoriedad de los desempleados a realizar la declaración de la renta está estipulado en el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social, que modificó el pasado mes de mayo la aprobación del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, «por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo».

El artículo 999 de la Ley General de la Seguridad Social se modificó hace unos meses para en su apartado «k» para especificar que los desempleados tendrán que «presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas». El artículo 271 en lo que se refiere a la suspensión del derecho, también deja claro tras las modificaciones que «en caso de incumplimiento de lo previsto en el artículo 299.1.k), la suspensión tendrá lugar cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable».

Así que a partir del próximo 1 de noviembre los desempleados tendrán la obligación de hacer la declaración de la renta. Hasta la fecha, en España sólo tenían la obligación de presentar el ejercicio del IRPF las personas con ingresos anuales superiores a 22.000 euros o aquellos con dos o más pagadores con rendimientos de más de 15.000 euros, siempre que la suma de lo percibido por los pagadores minoritarios fuese de 1.500 euros o más.

Posibles sanciones por no hacer la renta

Mucho se ha especulado con las posibles sanciones a los desempleados que a partir del próximo año no hagan la declaración de la renta. Según lo que se especifica en la norma es que éstos podrán ver como se suspende la prestación en caso de no presentar el IRPF anual. A día de hoy parece utópico que este grupo de ciudadanos tenga que devolver la prestación recibida en caso de no cumplir con el decreto ley que entra en vigor a partir del 1 de noviembre.