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Economía
Vivienda

El Gobierno confirma el palo a los propietarios: adiós a hacer esto si tienes una casa

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En España hay cerca de 400.000 viviendas destinadas al alquiler turístico. Aunque a nivel nacional representan apenas un 1,38% del total de viviendas, en algunas ciudades superan el 10%, e incluso alcanzan cifras superiores al 30% en determinadas calles de grandes ciudades. En Málaga se encuentran algunos de los casos más extremos: en zonas cercanas a las calles Carreterías y Álamos o en el barrio de La Merced, las viviendas turísticas superan el 25% del total, mientras que en algunas calles del centro sobrepasan incluso el 50%.

Si se amplía la perspectiva, las provincias costeras y las islas muestran la mayor densidad de este tipo de alojamientos. En territorios como Baleares, Las Palmas, Tenerife, Alicante, Gerona, Tarragona o Málaga se encuentran municipios donde más del 10% de las viviendas están dedicadas al turismo. Un caso destacado es el municipio de La Oliva, en la provincia de Las Palmas, donde el 24% del parque residencial es turístico. A pesar de ser un municipio de 28.000 habitantes, se sitúa entre los que más alojamientos acumulan en términos absolutos.

El Gobierno limita el alquiler turístico en España

En este contexto, el Gobierno ha decidido intervenir sobre los alquileres turísticos; el 3 de abril de 2025, entró en vigor una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal a través de la Ley Orgánica 1/2025 que introduce un cambio muy importante: desde entonces, cualquier propietario que desee destinar su vivienda a uso turístico necesita obtener el permiso explícito de la comunidad de vecinos.

Esta autorización debe ser aprobada mediante una mayoría cualificada de tres quintas partes de los propietarios y de sus cuotas de participación, tal como establece el artículo 17.12, que señala textualmente: «El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad de viviendas de uso turístico requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación».

La reforma también incorpora el principio de reversibilidad, lo que significa que un permiso previamente concedido puede ser revocado por la comunidad siempre que se cumpla nuevamente la regla de la mayoría de tres quintas partes. Sin embargo, las licencias turísticas que ya eran válidas antes de la entrada en vigor de la nueva normativa no se ven afectadas.

Otro aspecto relevante de la modificación es la posibilidad de que la comunidad establezca cuotas adicionales. En concreto, puede acordar una cuota especial o incrementar hasta en un 20% los gastos comunes aplicados a las viviendas destinadas al alquiler turístico.

Ventanilla Única Digital de Arrendamientos

«La Ventanilla Única Digital nace con el objetivo de establecer los mecanismos de ordenación tanto de las viviendas de uso turístico como las destinadas al alquiler temporal, con el objetivo de conseguir un mercado transparente y regulado al igual que se está realizando en Europa.

En el marco de la Ventanilla Única Digital, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha creado un registro para que los arrendadores puedan obtener su número de registro ofrecido por el Colegio de Registradores. En el caso de viviendas destinadas al uso turístico, seguirán requiriendo cumplir con las normas establecidas por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales cuando corresponda», detalla el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

Para obtener el número de registro de tu vivienda y actualizarlo en las plataformas de alquiler, el primer paso consiste en preparar toda la documentación necesaria. Para ello, únicamente debes recopilar la información básica de tu vivienda, como la ocupación permitida o la dirección exacta.

Además, es importante decidir si deseas alquilar la vivienda completa o por habitaciones, así como determinar si la oferta será para alquiler por temporadas o bajo otra modalidad. En el caso de que optes por el alquiler turístico, será imprescindible completar los trámites exigidos por la comunidad autónoma o por la entidad local correspondiente, ya que son las instituciones encargadas de autorizar esta actividad.

Si has elegido la vía del alquiler turístico, deberás dirigirte al organismo autonómico o local responsable para solicitar los permisos y licencias obligatorios. Por el contrario, si tu intención es ofrecer la vivienda como alquiler temporal, tendrás que reunir los documentos que acrediten que el inmueble cumple con todas las condiciones establecidas por la normativa vigente para este tipo de arrendamientos.

Una vez recopilada la documentación, llega el momento de solicitar el Número de Registro en el Colegio de Registradores. Para ello, solo necesitas acceder a su plataforma, completar el formulario correspondiente e incorporar los documentos que se te indiquen. Tras la validación, recibirás el número de registro asignado a tu vivienda, el cual será imprescindible para poder operar de manera legal.

Con el número ya otorgado, debes pasar a la fase de publicación del registro. Es fundamental incluirlo en las descripciones del anuncio en las plataformas de alquiler donde decidas promocionar la vivienda, como Airbnb, Booking o Rentalia. Además, conviene asegurarse de que el número sea claramente visible y esté asociado al tipo de alquiler que ofreces.