CRISIS INDUSTRIAL

Estos son los responsables de Urbas imputados en la Audiencia Nacional que optan a comprar Abengoa

Urbas

El presidente actual y máximo accionista de Urbas, Juan Antonio Acedo; el expresidente y actual consejero, Juan Antonio Ibáñez, y el también vocal del actual consejo, José Antonio Bartolomé, están pendientes de que el titular del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Sevilla, el magistrado Jesús Ginés Gabaldón, adjudique Abengoa a sus nuevos propietarios mientras esperan a que les llame a declarar la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Junto a estos tres administradores actuales de Urbas, otros tres ex consejeros, Julia María Moreno, José Humberto Ávila y Luis Ramos, más el asesor de la operación, Alfredo González del Olmo -socio de la consultora Grant Thornton- esperan que el Juzgado de Instrucción Número 4 de la Audiencia Nacional ponga fecha para que declaren también por la operación de fusión entre Urbas y la inmobiliaria Aldira. El Fiscal Anticorrupción les acusa, entre otros delitos, de estafa y administración desleal y varios delitos contra el mercado y los consumidores en la ampliación de capital por casi 384,5 millones de euros realizada en 2015. con la que Urbas absorbió a Aldira.

Además, la Fiscalía Anticorrupción reclama la responsabilidad civil subsidiaria de Grant Thornton, asesora de la operación.

Mientras tanto, el juzgado sevillano encargado de resolver el concurso de acreedores de Abengoa ha optado por retrasar hasta después de Semana Santa su decisión sobre quién será el grupo adjudicatario y, por tanto, quién será el nuevo propietario de la multinacional andaluza: Cox Energy y la encabezada por el financiero y experto en reflotamiento de empresas, Miguel Zorita parten como favoritas; aunque la compañía que preside Juan Antonio Acedo,  cuya última propuesta sorprendió al juzgado por su inconsistencia, parece que utiliza todos sus recursos en apoyo a su oferta.

Juicio por corrupción

En total, la Fiscalía Anticorrupción incluye en el proceso a un total de 14 personas entre los imputados. Siete de ellas son consejeros o ex consejeros de Urbas y, entre ellos, sus dos principales accionistas: el actual presidente, Juan Antonio Acedo (25,614%) y el ex presidente, Juan Antonio Ibáñez (20,718%).

Según consta en la Memoria de 2002 de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, la causa fue elevada el año pasado para su enjuiciamiento a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y está pendiente de que se fije fecha para la celebración del juicio oral.

El proceso se abrió con la presentación de una querella relacionada con la ampliación de capital, por 384 millones de euros, que fue suscrita mediante la aportación de diversas fincas «con serios indicios de haber sido fuertemente sobrevaloradas», según señalaba un informe elaborado por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) del Ministerio de Hacienda y Función Pública y por la Intervención General del Estado (IGAE).

En 2020, el juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama propuso juzgar a Urbas y a sus máximos administradores al entender que la ampliación de capital realizada por Urbas para absorber Aldira Inversiones Inmobiliarias incurría en varias irregularidades.

Una vez cerrada la fusión por absorción, los accionistas de Aldira recibían el 92% de las acciones de la nueva Urbas lo que, para la Fiscalía Anticorrupción es, en realidad, una adquisición inversa de combinaciones de negocio.

Aldira era una empresa de reciente creación cuando fue absorbida por Urbas. En ese momento, Aldira constaba como propietaria de inmuebles adquiridos poco tiempo antes mediante aportaciones de otras sociedades. Buena parte de esos inmuebles -sostiene la Fiscalía- fueron valorados por una tasadora relacionada con varias de las mismas empresas que aportaron los inmuebles a Aldira; de forma que más del 70% de las nuevas acciones de Urbas correspondía a empresas vinculadas a sus consejeros.

Por si fuera poco, los balances de las empresas que sirvieron para definir la ecuación de canje para la fusión no acababan de estar todo lo claros que el Tribunal hubiera deseado. «Dentro de los fondos propios de cada una de las sociedades se expresaban en los activos unas plusvalías no ajustadas a la realidad e injustificadas, que desvirtuaban completamente el sentido de la operación. El valor de los inmuebles que constituían los activos había sido estimado por el Consejo de Administración de Urbas», decía el juez Calama en su auto.

Causas en el exterior

Aunque este es el caso más significativo, al tratarse de una causa penal, no es el único que afrontan los directivos de Urbas. La sucursal boliviana de su filial constructora Joca se enfrenta a una demanda por estafa promovida por uno de los subcontratistas del proyecto de tren eléctrico a Cochabamba, una de las principales ciudades del país andino, la Asociación ArqPro Kapra, que le reclama varios impagos. La demandante, que pide algo más de dos millones de euros impagados, ha solicitado colaborar en la investigación y que el Ministerio de Obras Públicas de ese país proteja «a la empresa boliviana».

Por si fuera poco, a finales del año pasado, Urbas solicitó amparo ante el Tribunal Constitucional tras haber sido condenada en Marruecos al pago de una deuda por importe de 17,8 millones de euros.

La antigua filial marroquí de Urbas recibió un aval por importe de 17,8 millones de euros por un préstamo hipotecario concedido por Attijariwafa Bank para financiar una promoción inmobiliaria, hace ya tres lustros. El banco marroquí interpuso demanda de ejecución de la garantía, pero el riesgo del avalista según la compañía española estaría supeditado al mismo procedimiento interpuesto en España «para cubrir, en todo caso, la diferencia entre la cantidad avalada y el valor del activo que soporta la garantía real, que se estima presenta un valor muy superior a las responsabilidades inicialmente reclamadas». En la actualidad se sigue en Tánger otro procedimiento mercantil sobre la valoración del activo.

Urbas explicó en su momento que estaba previsto que la entidad acreedora procediera «a la adjudicación del activo que garantiza dicha deuda, de conformidad con la legislación marroquí aplicable».

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