Esto es lo que va a pasar con tu pensión si no alcanzas los años mínimos de cotización
Para poder acceder a una pensión contributiva en España es necesario cumplir con 15 años mínimos de cotización


Para acceder a una pensión contributiva en España hay que cumplir con un mínimo de 15 años de cotización. Las personas que quieran ser beneficiarias de una pensión de jubilación tendrán que demostrar 38 años y tres meses cotizados en la vida laboral para poder acceder al 100% de la pensión. En caso contrario, tendrán que esperar a los 66 años y 8 meses. Todo ello debido a la ley promulgada por el Gobierno de Zapatero en su día que aumentaba la jubilación de los 65 años a los 67 entre 2013 y 2027. Consulta en este artículo todos los años de cotización necesarios para acceder a una pensión de jubilación.
Para acceder a la jubilación ordinaria en España hay que cumplir con una serie de requisitos que principalmente tienen que ver con los años de cotización. Las personas que quieran acceder a esta pensión contributiva tendrán que demostrar un mínimo de 15 años cotizados durante la vida laboral. A medida que se incrementen los años, subirá la cuantía mensual. Como requisito también se establece que dos años tendrán que estar entre los 15 últimos previos a la solicitud de la jubilación.
A la hora de calcular una pensión de jubilación, se tienen en cuenta la cotización durante la vida laboral y la base reguladora. Esta última se obtiene sumando las últimas 300 bases de cotización correspondientes a los últimos 25 años y dividiendo el resultado entre 350. A la cantidad resultante habrá que aplicarle el porcentaje correspondiente a la carrera de cotización. En España, para aplicar el 100% en 2025, una persona que se quiera jubilar a los 65 años tendrá que demostrar una carrera de 38 años y tres meses. En caso contrario, tendrá que esperar hasta los 66 años y ocho meses.
La pensión y los años de cotización
Para acceder a una pensión contributiva de jubilación con la edad ordinaria de 65 años, se requieren más años de cotización en 2025. Todo ello debido a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, elaborada por el Gobierno de Zapatero, que ha aumentado la edad de jubilación de forma progresiva de 65 a 67 años entre el pasado 2013 y el próximo año 2027. Así que de aquí hasta esa fecha los requisitos serán los siguientes:
- 2025: 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados – 66 años y 8 meses.
- 2026: 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados – 66 años y 10 meses.
- 2027: 65 años si tienes 38 años y 6 meses cotizados – 67 años.
Todo ello con el objetivo de hacer viable el sistema de pensiones en un futuro ante la inminente llegada de la generación del baby boom (nacidos entre 1958 y 1975), que representa el 30% de los habitantes de España, a la llegada de la jubilación. Por ello se han establecido penalizaciones para las personas que adelanten su retirada y bonificaciones para los que optan por alargar su vida laboral. Esto ha hecho que la edad media de jubilación haya subido hasta los 65,2 años. Todo hace indicar que esta media irá subiendo conforme pasen los años.
Ayudas para los jubilados sin cotización
Los españoles que no cumplan con un periodo mínimo de cotización de 15 años y no puedan acceder a una pensión contributiva, se pueden acoger a las pensiones no contributivas de jubilación. Estas ayudas, fijadas en los Presupuestos Generales del Estado, que el Instituto de Mayores y Servicios Sociales encarga a los órganos de las diferentes comunidades autónomas.
Para acceder a una pensión no contributiva de jubilación, hay que cumplir con los requisitos de tener 65 años de edad, residir en España y demostrar una carencia de rentas que no puede superar los 7.905,80 euros anuales en caso de una persona. Si hay más convivientes dentro de un núcleo familiar, este límite se ampliará. Por lo que respecta a la cuantía, después de la subida del 8% confirmada para 2025, ha subido hasta 7.905,80 euros anuales, que sale a 564,70 euros al mes distribuidos en 14 pagas. La mínima del 25%, que se determina en función de los ingresos, queda en 1.976,45 anuales. En caso de convivir dos personas en una vivienda que sean beneficiarias de una PNC, el importe que reciba cada una de ellas será 6.719,93 euros anuales, que equivale a 480 euros.
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