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A pesar de que el verano es una época que se relaciona con las vacaciones y el descanso, en el caso de los autónomos es todo lo contrario. Y es que, en verano deben realizar una serie de trámites con Hacienda y pagar algunos impuestos. Todos los trabajadores por cuenta propia deben conocer el calendario fiscal para evitar el pago de recargos y multas por presentar los diferentes modelos después de la fecha límite.
Junio
El gran protagonista del mes de junio es la declaración de la Renta, la cual debe presentarse antes del 30 de junio. Si el resultado es «a devolver», Hacienda tiene un plazo de seis meses para abonar el importe correspondiente, es decir, hasta finales de diciembre.
Además, los autónomos tienen de plazo hasta el 20 de junio para entregar los modelos 111 y 115. El primero recoge las retenciones de IRPF realizadas a profesionales, trabajadores o empresarios. Mientras, el segundo recoge las retenciones sobre alquileres urbanos.
Antes del 20 de junio también deben presentar el modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias realizadas en el trimestre.
Otros documentos que tienen que presentar ante Hacienda son el modelo 282, en el que declaran si han recibido ayudas específicas, y el modelo 592, que hace referencia al impuesto especial sobre los envases plásticos no reutilizables.
Julio
Julio es uno de los meses más importantes de todo el año para los autónomos, ya que antes del día 20 deben presentar los siguientes modelos: 111, 115, 130, 131, 349, 303, 309 y 592.
El 25 de julio el la fecha límite para que las sociedades a las que el año natural les coincida con el periodo impositivo presentan los modelos 200, 206 y 220.
El plazo para presentar el modelo 179, mediante el cual se informa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, termina el 31 de julio. También esta es la fecha límite para la presentación del modelo 235, que recoge la actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
Agosto
La gran mayoría de trámites se realizan en los meses de junio y julio, aunque los autónomos también deben entregar algunos en agosto. El 21 de agosto finaliza el plazo para presentar los siguientes modelos: 111 (profesionales, trabajadores o empresarios), 115 (retenciones sobre alquileres urbanos) y 592 (impuesto especial sobre los envases plásticos no reutilizables).
Si eres trabajador por cuenta propia, estas son las fechas clave que debes tener en cuenta en el calendario fiscal del verano. Recuerda que la presentación de los modelos fuera de plazo conlleva multas y recargos de la Agencia Tributaria.
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