Jubilación

Confirmada la nueva jubilación parcial en España: el Gobierno sentencia y estas son las personas que pueden acogerse

jubilación parcial
Blanca Espada

La jubilación parcial es el tipo de jubilación en la que el trabajador al llegar a cierta edad, puede acogerse pero sin dejar de trabajar del todo. Es decir, que la persona sigue trabajando pero a la vez comienza su periodo de retiro. Una fórmula a la que cada vez se acogen más trabajadores se acogen y que se prepara ahora para varios cambios, ya confirmados por el Gobierno y que afectan especialmente a los funcionarios.

De este modo, lo que se busca ahora es que los funcionarios puedan acogerse a este tipo de jubilación ante una situación en la que la Administración tiene dificultades para encontrar quien sustituya a los que en teoría se van a jubilar. Para ello, las administraciones podrán contar con personas que ya hayan superado oposiciones o recurrir a personal interino vinculado a ofertas públicas en marcha de  modo que será importante saber qué va a pasar con la jubilación parcial, cómo afectará a los que se quieran acoger a ella siendo funcionarios y qué cambios se anuncian.

Qué cambia con la nueva jubilación parcial en España

Uno de los cambios más importantes afecta a la cobertura de plazas dentro del sector público. A partir de ahora, las administraciones tendrán más margen para sustituir a quienes accedan a la jubilación parcial y podrán recurrir a candidatos que ya hayan aprobado un proceso selectivo aunque todavía no hayan tomado posesión oficialmente.

Además, también se permitirá contratar personal interino cuando la plaza esté ligada a una oferta pública de empleo que siga pendiente de resolverse. Con ello se intenta evitar los problemas que durante años han complicado aplicar esta modalidad en muchos organismos públicos.

En principio, la medida afectará sobre todo al personal laboral, que es el colectivo que actualmente tiene plenamente reconocido este derecho en condiciones similares a las del sector privado. Los funcionarios de carrera y gran parte del personal estatutario siguen teniendo más limitaciones para acceder a esta modalidad.

Desde sindicatos como CCOO llevan tiempo reclamando que el sistema se amplíe también a funcionarios, interinos y estatutarios para que puedan acogerse en igualdad de condiciones.

Quién puede acogerse a la jubilación parcial

La jubilación parcial permite adelantar el retiro entre dos y tres años antes de la edad ordinaria, aunque sin dejar completamente de trabajar. El empleado continúa desarrollando parte de su jornada mientras empieza a cobrar una parte proporcional de la pensión.

Para acceder a esta modalidad es necesario cumplir varios requisitos. Uno de los más importantes es haber alcanzado la edad mínima exigida, que normalmente puede situarse hasta tres años antes de la jubilación ordinaria.

También hace falta acreditar un periodo mínimo de cotización, que suele rondar los 33 años, aunque existen determinados casos en los que puede exigirse menos tiempo cotizado.

Otro requisito clave tiene que ver con la reducción de jornada. Lo habitual es que el trabajador reduzca entre un 25% y un 50% de sus horas de trabajo. Esa parte de jornada es la que pasa a cubrir la persona contratada mediante contrato de relevo.

Tras la reforma, ese contrato del relevista deberá ser indefinido y a jornada completa. Además, deberá mantenerse al menos durante los dos años posteriores a la finalización de la jubilación parcial.

Cómo se cobra durante la jubilación parcial

La jubilación parcial permite seguir trabajando mientras se empieza a cobrar una parte de la pensión. El importe dependerá de la reducción de jornada acordada. Por ejemplo, quien trabaje un 50% seguirá cobrando la mitad del sueldo y además recibirá el porcentaje equivalente de pensión.

La prestación se calcula con las cotizaciones acumuladas hasta el momento en el que se solicita esta modalidad. Más adelante, cuando llega la jubilación definitiva, la Seguridad Social vuelve a recalcular la pensión incorporando también las cotizaciones realizadas durante esos años.

Esa es una de las ventajas frente a otras jubilaciones anticipadas, ya que en muchos casos no se aplican recortes permanentes sobre la pensión final si existe contrato de relevo y se sigue cotizando.

La nueva norma permitirá acumular jornadas de trabajo

Otro de los cambios más destacados tiene que ver con la organización de la jornada laboral. La nueva regulación permitirá acumular el tiempo de trabajo en distintos periodos. Eso significa que el trabajador podrá concentrar sus horas en determinados días, semanas o incluso meses concretos, siempre respetando la reducción pactada en el acuerdo de jubilación parcial.

En la práctica, algunas personas podrán trabajar durante ciertos periodos prácticamente a jornada completa y después disfrutar de semanas o meses libres, dependiendo de lo que se acuerde mediante negociación colectiva o pacto individual. Este sistema ofrece más flexibilidad tanto para el empleado como para la administración o empresa, especialmente en sectores donde resulta más sencillo organizar el trabajo por campañas o periodos concretos.

La jubilación parcial vuelve así al centro del debate laboral y de pensiones en España, sobre todo en un momento en el que cada vez más trabajadores buscan fórmulas menos bruscas para abandonar definitivamente el mercado laboral sin perder poder adquisitivo de golpe.

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