BMN es el único banco que no forma a sus empleados para la nueva normativa de transparencia MIFID II
Banco Marenostrum (BMN) es la única entidad española que no ha comenzado a formar a sus trabajadores bajo la nueva Directiva Europea de Mercados e Instrumentos Financieros (MiFID II) que inicialmente iba a entrar en vigor en todos los países de la zona euro en enero de 2017, pero que finalmente se aplicará en enero de 2018.
La Comisión Europea aprobó este año la moratoria alegando que tanto reguladores como empresas necesitan más tiempo para adaptar los estándares técnicos de regulación y de implementación a sus estructuras conforme a esta directiva, que pretende traer por fin la transparencia y la protección al cliente minorista. Sin embargo, BMN es el único banco que, no sólo no ha comenzado a formar a sus empleados, sino que ni siquiera ha elaborado un plan.
“Inmersos como estamos, en nuestro quehacer diario, con la habitual presión de trabajo en las oficinas, desconocemos si la Gerencia se siente igual de presionada para ofrecernos ya un plan concreto de formación, para toda la plantilla, acorde a las exigencias de la directiva MIFID II”, señala un portavoz de los trabajadores a OKDIARIO.
Y es que, de momento, tan sólo se ha aprovechado la convocatoria de una oposición, a la que no podían presentarse más que los que tuviesen una categoría inferior a nivel VIII, para posibilitar la obtención de un certificado, de rango universitario, que equivaldría al 80% de la Formación requerida por esta normativa. Es decir, que en un determinado examen que realizó la entidad, ofreció la posibilidad de que, aquellos que aprobaran, tendrían validado un 80% de la formación MIFID II.
Según las mismas fuentes, ni siquiera se ha informado a la plantilla de la importancia que tiene la obtención de esta formación, para poder trabajar en asesoramiento de productos financieros, a partir del año que viene; ni tampoco se ha informado del grado de dificultad que supone su preparación. “A las puertas de una fusión/absorción y de los previsibles despidos, no está de más recordar que la inadecuación al puesto es una causa objetiva de extinción del contrato (art. 52 Estatuto de los Trabajadores), así como que el trabajador tiene derecho a la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo ( art. 23.1.d E.T.)”, explica en un comunicado el sindicato Unión Obrera Balear.
“Nos llegan noticias de la formación, en esta materia, de los empleados de las demás Entidades. Todas llevan tiempo con este asunto. Todas. En cambio, nuestra gerencia, a un año de su aplicación, y menos mal que se ha atrasado a enero de .018 su entrada en vigor, no se ha pronunciado todavía… Y hay un montón de cuestiones que aclarar: ¿por qué modelo formativo se opta en BMN?, ¿será aceptada esa titulación por la nueva entidad en la que nos integremos en su momento?, ¿cómo se afronta el coste de esta formación?, ¿cómo se insertará el tiempo de esta formación en el tiempo de trabajo y con el resto de la formación?, ¿cuántas convocatorias tendremos?, y, sobre todo, ¿ se habrá ofrecido la posibilidad de aprobar esta formación a la plantilla antes de que sea un criterio más de selección para el departamento de recursos humanos del inminente ‘nuevo Banco’?”, se preguntan los trabajadores.
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